Reincidir en delitos electorales dejaría sin candidaturas a morenistas: TEPJF

Si los servidores públicos que violaron la ley electoral en la revocación de mandato reinciden en ilícitos electorales, podrían perder “el modo honesto de vivir”, indispensable para ocupar puestos de gobierno: TEPJF.



Al confirmar que la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, 16 gobernadores y siete alcaldes de la capital del país pertenecientes a Morena violaron la ley electoral vigente al hacer proselitismo a favor del presidente Andrés Manuel López para la revocación de mandato, el Tribunal Electoral sentenció que en caso de reincidir en ilícitos electorales en el futuro podrían perder “el modo honesto de vivir”, requisito de elegibilidad para ocupar diversos puestos de gobierno.

En sesión pública, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizó las sanciones a servidores públicos por la indebida difusión de propaganda gubernamental, el uso indebido de recursos públicos, así como por promoción personalizada y transgresión al principio de imparcialidad, ocurrido durante el proceso de revocación de mandato.

En el asunto propuesto por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior confirmó, por mayoría de cuatro votos a favor y tres en contra, la decisión de la Sala Regional Especializada mediante la que se determinó que el desplegado titulado “Gobernadoras y gobernadores de la 4ta transformación” y la divulgación -en conjunto- de 100 publicaciones, a través de Twitter, emitidas por titulares de los gobiernos de la Ciudad de México, Tabasco, Colima, Veracruz, Guerrero, Morelos, Nayarit, Baja California, Baja California Sur, San Luis Potosí, Puebla, Michoacán, Campeche, Sinaloa, Sonora, Chiapas y Tlaxcala contravienen el marco normativo electoral vigente.

Los magistrados aseguraron que al firmar y promover el desplegado, los funcionarios hicieron propaganda gubernamental en periodo prohibido del proceso de revocación de mandato e hicieron promoción personalizada del presidente de la República.

 

Asimismo, el TEPJF confirmó la violación a la normatividad electoral debido al uso indebido de recursos públicos, por parte de la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbuam, así como la coordinadora de Comunicación Social en la alcaldía de Iztacalco y la secretaria de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.

En este sentido, se ordenó: a) dar vista a la persona titular de los órganos internos de control de las alcaldías aludidas; y b) llevar a cabo el registro en el Catálogo de Sujetos Sancionados en los Procedimientos Especial Sancionadores.

Durante la sesión pública que se realizó de manera remota, el magistrado ponente Felipe de la Mata Pizaña hizo notar que en casos como estos en los cuales los servidores públicos transgreden la normatividad electoral, le corresponde a sus superiores jerárquicos imponer las sanciones, lo que en este caso en concreto corresponde hacer a los Congresos locales, sin embargo, en muchas ocasiones no acatan la ley y no lo llevan a cabo.

Por ello propuso que ante una conducta reiterada, dolosa, sistemática, grave de reiteración de ilícitos constitucionales se pudiera perder el “modo honesto de vivir” y en consecuencia el derecho de aspirar a algún cargo público.

Originalmente, Mata Pizaña había propuesto que fuera el Instituto Nacional Electoral (INE) la entidad que emitiera los lineamientos para regular las consecuencias jurídicas ante violaciones de este tipo por los funcionarios públicos; sin embargo, algunos magistrados advirtieron que no es facultad de dicho organismo realizar estas acciones, pero sí es competencia de las autoridades judiciales, en este caso en particular de la Sala Especializada del TEPJF y los tribunales.

Finalmente, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, la Sala Superior confirmó por unanimidad la sentencia de la Sala Regional Especializada, en la cual se declaró la existencia de la infracción a las reglas para la difusión y promoción de los procesos de revocación de mandato por parte de la diputada federal de Morena, Aleida Alavez Ruiz.

Lo anterior, por considerar que las publicaciones realizadas por la diputada en su cuenta de Facebook fueron realizadas como diputada federal para promover el proceso de revocación de mandato e identificar el sentido de su voto, ya que dicho carácter de servidora pública no se pierde por encontrarse fuera del lugar en que presta su servicio público o fuera el horario habitual al de su jornada laboral.

Te puede interesar: Sobrevive oposición, se extiende Morena 

@yoinfluyo 

comentarios@yoinfluyo.com 

Compartir

Lo más visto

También te puede interesar

No hemos podido validar su suscripción.
Se ha realizado su suscripción.

Newsletter

Suscríbase a nuestra newsletter para recibir nuestras novedades.