Proteger a los “cerillos”

Los llamados “cerillos” necesitan ser reconocidos ante la ley por sus labores.


Trabajadores cerillos


Ocupar un ejército de ancianos o niños en las tiendas comerciales sin el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores, como la jornada máxima de ocho horas y el pago del salario mínimo (102.68), es la práctica diaria de las tiendas comerciales con el “benevolente” propósito de que ganen algunos pesos con las propinas que les den los clientes por envolverles su mercancía.

Con alguna excepción, las autoridades se dan por no enteradas, dejan que los patrones violen las normas laborales a los ojos de todo mundo. Ancianos o niños de diez, doce, dieciséis o más años trabajan todos los días. Para proteger el desarrollo físico, mental y espiritual de los niños, la Constitución y la Ley Federal del Trabajo prohíben el trabajo de los menores de quince años.

Ahora los ancianos casi han reemplazado a los niños. Junto a la caja de las tiendas comerciales encontramos a personas de ambos sexos hasta con 80 y 90 años a cuestas, porque no tienen otra forma de ganarse la vida, y corren todos los riesgos para trabajar ocho, diez o más horas al día.

Se les llama “cerillos” porque los patrones hace tiempo uniformaban a los niños con camisa blanca, pantalón azul o negro y un gorro rojo, verde, amarillo o de cualquier otro color. Así los llamaron los clientes de las tiendas comerciales, y se les quedó el mote.

Ahora en casi todos estos centros de trabajo los ancianos y los niños compran su uniforme, indispensable para entrar a trabajar.

Para ambos sexos, la jornada de trabajo es de ocho, diez o más horas. Participan en estas jornadas las personas que autoriza la empresa. No se les paga salario, su ingreso consiste en los donativos que generosamente les dan los clientes.

Esos trabajadores, ancianos o niños deciden trabajar más de 6 días a la semana, según las necesidades de cada uno de ellos.

Socarronamente algunos empresarios dicen que los ancianos o menores no son sus trabajadores, pues no se celebró contrato con ninguno de ellos. Los patrones saben que por el hecho de prestar un servicio personal y subordinado esas personas son trabajadores y tienen derecho a gozar de todos los beneficios que les otorga la ley.

Ninguna falta hace la firma de un contrato de trabajo.

Las autoridades tienen la obligación legal de hacer respetar con estos ancianos y menores las normas de la Constitución y de la Ley que los protegen.

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