Arquidiócesis fija edad mínima para recibir Comunión y Confirmación

La duración del proceso de catequesis previo a la primera Comunión será de dos años y el catecumenado para recibir la Confirmación, de tres.


Buscan completar procesos de formación cristiana


La edad mínima en la Arquidiócesis de México para recibir por vez primera el sacramento de la Comunión es de 9 años y el sacramento de la Confirmación es de 12 años, si han cumplido el itinerario de formación en la fe correspondiente, cuya duración exigida también quedó establecida.

Lo anterior ha quedado definido en el “Decreto sobre la edad mínima para recibir por primera vez los sacramentos de la Eucaristía y de la Confirmación”, publicado por el Arzobispo Primado de México, Carlos Aguiar Retes.

El documento fue presentado a los sacerdotes de la Arquidiócesis durante la reunión anual que se realiza con motivo de la fiesta de San Juan María Vianney, patrono de los párrocos y presbíteros.

La duración del proceso de catequesis previo a la primera Comunión será de dos años y el catecumenado para recibir la Confirmación, de tres. El Cardenal Aguiar Retes pidió a los sacerdotes que le ayuden “explicándole a los papás que la Iglesia busca el bien de sus hijos”.

“Deben hacerles consciencia de que la Iglesia está muy preocupada de que los niños, en este ambiente cultural secularizado –donde la escuela pública en lugar de hacer algo en favor de la espiritualidad cristiana, muchas veces les pone adversidad– los niños no tengan forma de defender por qué son católicos y hacer valer aquello en lo que creen” agregó.

“No es exigir algo para recibir el sacramento, sino que recibir el sacramento es consecuencia de que el niño se ha ido formando en su fe. Cuando llega a los nueve años, se le da la Primera Comunión. Y si sigue formándose en la fe, cuando llegue a los 12 años, le administramos el sacramento de la Confirmación”.

Entre otras condiciones también se establece que la catequesis debe ser, en lo posible, escolarizada, conforme y con los lineamientos de la Comisión Arquidiocesana de Catequesis.

También deja en claro que ningún presbítero debe administrar dicho sacramento sin la debida autorización, y que todo Obispo que no esté al servicio de la Arquidiócesis de México, o un Obispo emérito, tenga la licencia del Obispo diocesano.

 

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