“Entregamos la demanda, presentamos pruebas, acudimos al tribunal… pero seguimos viviendo con miedo y sin respuestas”, dice Juan P., un operativo de mensajería de 32 años en el Estado de México, cuya vivienda fue allanada por autoridad sin orden, y ante el intento de defenderse presentó un juicio de amparo que lleva ya más de dos años estancado. Su experiencia se suma a la de miles de mexicanos que acuden al mecanismo legal de protección de derechos que supuestamente les ampara —el conocido juicio de amparo— y se encuentran con un muro de inacción, lentitud e incumplimiento. Mientras tanto, los indicadores nacionales revelan que la crisis de derechos humanos en el país avanza sin freno.
Este contraste plantea una pregunta urgente: ¿qué sucede cuando un país posee un instrumento jurídico sólido en teoría —como la Juicio de amparo en México— pero en la práctica no logra frenar una ola de violaciones a derechos humanos? Y, a la vez, ¿cómo lo están haciendo otros países? En este artículo comparamos la situación del seguimiento al amparo en México con mecanismos similares en otros lugares del mundo, exploramos por qué México se encuentra en una situación gravemente adversa, y planteamos qué se puede aprender del exterior para reivindicar los derechos nacionales, en línea con los valores de dignidad, legalidad y bien común que propone la Doctrina Social de la Iglesia.
El estado alarmante de los derechos humanos en México
Para dimensionar el reto no basta con cifras sueltas: el informe mundial de Human Rights Watch destaca que “la violencia criminal extrema, los abusos contra migrantes, la violencia de género, los ataques a periodistas y defensores de derechos humanos, la tortura, desapariciones y ejecuciones extrajudiciales continúan sin que se identifique responsabilidad eficaz”.
En concreto:
- Más de 100 000 personas están formalmente registradas como desaparecidas en México.
- Las tasas de homicidio se sitúan alrededor de los 24.9 por 100 000 habitantes en 2023, con algunas ciudades que superan los 100 por 100 000.
- Un informe de Amnesty International señala que en un solo periodo se identificaron 8 594 víctimas de 11 tipos de violaciones graves a los derechos humanos imputadas al Estado.
La suma es brutal: no solo las violaciones existen, también la impunidad, la colusión y la ausencia de reparación predominan. En ese contexto, el mecanismo de amparo debería convertirse en salvavidas efectivo, pero la realidad muestra una brecha alarmante entre la teoría legal y la práctica de protección.
¿Cómo luce el mecanismo en otros países?
Para entender lo que falta en México, vale ver cómo otros sistemas funcionan (o al menos lo intentan) con mayor eficacia.
En Colombia opera el recurso de tutela, mecanismo similar al amparo. Según el Centro de Estudios Judiciales de Estados Unidos, “los ciudadanos pueden presentar una tutela de forma informal, oral o escrita, con o sin abogado, para alegar la violación de un derecho constitucional” y “es uno de los recursos más populares” del país.
Este sistema tiene ventajas: accesibilidad directa, rapidez como norma (en muchos casos se emite decisión en 10 días), y uso masivo de parte de la ciudadanía. Esto muestra que cuando un mecanismo de protección se diseña con la accesibilidad en mente, se convierte en herramienta útil, no solo simbólica.
En Alemania, el mecanismo llamado “Verfassungsbeschwerde” (queja constitucional) permite a personas afectadas interponer una demanda ante el Tribunal Constitucional si consideran vulnerados sus derechos fundamentales por acciones u omisiones del Estado.
Aunque sus requisitos son más estrictos (por ejemplo, tener calidad de afectado directamente y haber agotado otros recursos), la ventaja es que las decisiones tienen efectos vinculantes, y la jurisprudencia del tribunal alemán genera precedentes que se deben respetar. Esto propicia coherencia, predictibilidad y mayor fuerza de protección.
El Recurso de protección chileno es otra vía rápida que atiende actos u omisiones arbitrarios que afectan derechos constitucionales.
Su diseño enfatiza celeridad, informalidad procesal (puede presentarse ante tribunales de apelación) y medidas cautelares inmediatas. Mientras no sea perfecto, su existencia demuestra que alternativas distintas al sistema de amparo mexicano pueden ofrecer respuesta más ágil.
Comparación y diagnóstico: México frente al mundo
En México el juicio de amparo está previsto en la Constitución (artículos 103 y 107) y regulado por la Ley de Amparo. Su finalidad: proteger los derechos humanos y garantizar la constitucionalidad de leyes, actos y omisiones.
Sin embargo, como advierte un análisis académico: “la instauración del amparo como casi único mecanismo inter partes de control constitucional en México institucionalizó un sistema que favorece el trato desigual ante la misma Constitución”.
En cambio, en Alemania o Colombia, los mecanismos tienen efectos más vinculantes o acceso más directo.
En otros países las decisiones resultantes del recurso protector tienen mayor certeza de cumplimiento, o al menos los diseños buscan ese fin (p. ej., jurisprudencia vinculante en Alemania). En México, como señalamos en el artículo anterior, el gran cuello de botella está en el seguimiento: muchas decisiones quedan en la letra muerta, sin que se obligue eficazmente a la autoridad responsable.
La investigación del impacto de la reforma al amparo en México advierte que, pese a la modernización normativa, la implementación y seguimiento aún presentan “fragmentación del orden legal” y “tratos desiguales”.
Mientras en Colombia la tutela admite presentación sencilla, en México el litigio de amparo sigue siendo complejo y costoso para muchos ciudadanos, lo que reduce su uso efectivo especialmente por personas vulnerables. El valor de un mecanismo radica no solo en su existencia, sino en su capacidad de ser usado realmente por quien lo necesita.
El contraste es aún más grave porque México no está ante una crisis leve: desapariciones, homicidios, desaparición forzada, impunidad masiva. En ese contexto, que el mecanismo de amparo no esté operando como corresponde significa que millones de ciudadanos quedan sin una vía efectiva para hacer valer sus derechos, lo cual es inaceptable desde la perspectiva de la dignidad humana, justicia social y Estado de Derecho.
María L., de 26 años, vive en un municipio del norte mexicano. Su hermano, un joven albañil de 19 años, desapareció cuando volvía del trabajo en un turno en la madrugada. “Lo presenté a las autoridades, iniciamos una carpeta, hicimos búsquedas, pero nunca lo encontraron. Me dijeron que podíamos promover un amparo porque la autoridad local no investigaba. Lo promovimos. Pasó más de un año. Nos notificaron que la autoridad había “informado” y que el expediente seguía abierto. Mi hermano sigue desaparecido. Y ese amparo, que me prometieron como protección, hoy solo sirve de papel. Yo lo siento: mis derechos están sin amparo, sin justicia, cada día espero volver a ver a mi hermano.” El testimonio de María ilustra lo que para muchos es una doble vulneración: la desaparición de un ser querido y la falla del mecanismo de protección que debía actuar como barrera.
¿Qué se puede aprender del exterior para México?
A partir de la comparación internacional, algunas enseñanzas claras emergen:
- Accesibilidad real y simplificada: Como en Colombia, facilitar que la demanda de protección se presente sin barreras formales puede ampliar el acceso para los jóvenes, las mujeres, las comunidades marginadas.
- Efectos vinculantes y precedentes claros: Tomar nota del modelo alemán donde los fallos de control constitucional tienen mayor fuerza, generando mayor seguridad jurídica y cumplimiento.
- Agilidad y seguimiento efectivo: Al igual que en Chile, incorporar plazos breves, medidas cautelares automáticas e instancias especializadas puede reducir la dilación y mejorar la ejecución.
- Transparencia de cumplimiento: Publicar datos sobre cuántos amparos se cumplen, en qué plazo, y cuáles quedan pendientes, fomentando rendición de cuentas.
- Cultura judicial y ciudadana de derechos: Formar a jueces, secretarios y autoridades para que vean los amparos como protección de la dignidad humana, no como trámite; y empoderar a los jóvenes para que sepan usar el mecanismo y exigir su derecho a la protección.
- Recursos institucionales adecuados: Sin capacidad operativa, personal y presupuesto, ningún sistema funcionará. México debe invertir en infraestructura jurídica que permita no solo presentar el amparo, sino cumplirlo.
México se encuentra en una encrucijada: por un lado posee uno de los mecanismos de más largo aliento para proteger derechos —el juicio de amparo—; por el otro, enfrenta una crisis de derechos humanos de proporciones dramáticas, con desapariciones, homicidios e impunidad generalizada. Cuando los jóvenes de 18 a 35 años miran su país, deben percibir que la protección a sus derechos es real, no solo formal. Como señala la Doctrina Social de la Iglesia, la dignidad de la persona, el bien común y la justicia social exigen que los instrumentos legales no queden en teorías sino que impacten vidas concretas.
La comparación internacional nos muestra que otros países han logrado acercarse más al ideal de “protección efectiva”: accesibilidad, agilidad, cumplimiento. México debe cerrar esa brecha: que el amparo no sea solo un recurso técnico, sino un escudo real contra la violación de derechos. El seguimiento no es opcional: es la diferencia entre tener derechos en el papel y vivir con ellos garantizados. Y en un país donde muchos jóvenes ya no creen que “valga la pena denunciar”, restaurar esa fe en la justicia es tarea de instituciones, sociedad civil y cada individuo que decide decir #YoSiInfluyo.
Es momento de que el amparo deje de ser una promesa y se convierta en experiencia, para que derechos, dignidad y legalidad caminen juntos en la vida de cada mexicano.
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