El Registro de Deudores Alimentarios podría operar en marzo de 2024

El Sistema Nacional DIF tendrá a su cargo la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias y contará con un plazo de 300 días hábiles para su implementación, los cuales se cumplen el 2 de marzo de 2024, señala una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD). 

El estudio titulado “El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias: una batalla contra el incumplimiento en el pago de la pensión alimenticia”, elaborado por la investigadora Lorena Vázquez Correa, apunta que esta medida surgió de una reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes, aprobada por el Congreso de la Unión en marzo de este año.

Asimismo, refiere que en 2021, en 47.9 por ciento de los divorcios registrados en el país, se asignó al menos a uno de los divorciantes el pago de pensión alimenticia para los hijos. 

El documento señala que ante la frecuencia de incumplimiento de pago de obligaciones alimentarias, en diversos países del mundo se han adoptado medidas para garantizar los derechos de los menores de edad. 

En el caso de México, el registro de deudores alimentarios servirá para impedir que las personas que incumplen con sus obligaciones puedan salir del país, tramitar licencias de manejo, ocupar cargos en el servicio público y realizar operaciones de compraventa de inmuebles. 

El análisis revela que en México el número de divorcios por cada 10 mil habitantes de 18 años o más pasó de 13.0 en 2012 a 16.9 en 2021. La tasa más alta se alcanzó en 2019, con 18.4 divorcios por cada 10 mil habitantes. El incremento en el número de familias monoparentales, así como la pandemia de COVID-19 pusieron de relieve una serie de problemas relacionados con el bienestar de los distintos integrantes de la familia como consecuencia de estas rupturas.

El reporte apunta que cuando se produce un divorcio todos los miembros de la familia resultan afectados por la pérdida de las ventajas económicas que se derivan de compartir los gastos. Sin embargo, esta situación afecta de manera desproporcionada a las mujeres y la infancia por tres razones:

  1. Las mujeres suelen tener ingresos menores que los hombres y su inserción en el mercado de trabajo es más frágil que la de los hombres, especialmente si interrumpieron su vida laboral durante el periodo de la unión civil.
  2. En la mayoría de los casos las mujeres son quienes continúan viviendo con las o los hijos luego de la ruptura.
  3. Con frecuencia los hombres dejan de colaborar económicamente para la manutención de sus hijos cuando se disuelve el vínculo conyugal, lo que vulnera sus derechos a la alimentación, salud, educación y desarrollo integral.

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