Desestimar inconstitucionalidad de LIE pone en entredicho la autonomía de la SCJN

La resolución de la Corte será tomada como una victoria política para el oficialismo, a pesar de que la reforma a la ley se consideró en su mayoría como inconstitucional: Integralia.



Al desestimar la acción de inconstitucionalidad sobre la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pone en entredicho su autonomía, pues la votación sugiere que el gobierno tiene cuatro votos casi seguros a favor de los temas prioritarios del presidente Andrés Manuel López Obrador, asegura un análisis de Integralia.

Asimismo, afirma que la resolución de la Corte será tomada como una victoria política para el oficialismo, a pesar de que, por mayoría de votos, la reforma a la ley se consideró en su mayoría como inconstitucional.

En este sentido, observó que varios funcionarios y miembros de Morena, entre ellos la secretaria de Energía, Rocío Nahle, y la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, han celebrado que la Corte declaró la constitucionalidad de la reforma a la LIE, “a pesar de que se declaró la validez solo de algunos pocos artículos”.

Bajo este panorama, Integralia considera que “la presión sobre los jueces se intensificará por parte del gobierno”.

El análisis explica que la SCJN analizó la constitucionalidad de los artículos 3°, fracciones V, XII, XII bis y XIV, 4°, fracciones I y VI, 26,35, 53, 101 y 108, fracciones V y VI, adicionados o reformados de la Ley de la Industria Eléctrica, pero “ninguno de los artículos logró obtener los ocho votos necesarios para hacer una declaratoria de invalidez general, por lo que entrarán en vigor”.

Asimismo, se reconoció la validez, por mayoría de votos, de los artículos 3°, fracciones XII, XII bis, y XIV; 4°, fracción I; 12, fracción I; 35, párrafo primero; y 108, fracción V, así como de los artículos transitorios cuarto y quinto del decreto.

De acuerdo al informe de Inegralia, “varios artículos obtuvieron una mayoría de votos por la inconstitucionalidad, lo que sentará un precedente (si bien no obligatorio, sí orientador) para la resolución por parte de los jueces de los cerca de cuatro mil amparos existentes”.

Agrega que la mayoría de los ministros se pronunciaron en contra del cambio en el orden del despacho, la desaparición de las subastas y la implementación de los Contratos de Cobertura Eléctrica con Compromiso de Entrega Física. En tanto que entre los artículos que sí fueron declarados válidos, destacan los transitorios cuarto y quinto respecto a la legalidad de los contratos de autoabastecimiento.

Recalcó que al no alcanzarse una declaratoria general de inconstitucionalidad, la ley entrará en vigor. Sin embargo, señaló que “dado que hay procesos de amparo con suspensiones con efectos generales, la ley no puede aplicarse en este momento”, y aclaró que si todas las suspensiones con efectos generales se revocan, la reforma surtirá efectos.

El análisis de Integralia señala que los jueces deberán resolver caso por caso los amparos. En este sentido, es probable que tomen en consideración los argumentos de los siete ministros que se pronunciaron por la inconstitucionalidad

Si los amparos llegan a revisión, podrían remitirse nuevamente a la Corte, en donde el tema se resolvería por mayoría simple, destaca.

Con lo que respecta a los amparos que versan sobre el derecho al medioambiente, como el del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) quedan por resolverse, indica el análisis.

Finalmente, Integralia menciona que el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, terminó la sesión diciendo que “queda definitivamente resuelto el asunto”; sin embargo, queda pendiente la publicación del engrose de la votación y será la ministra Loretta Ortiz quien haga los ajustes al proyecto, por lo que parece poco probable que regrese al pleno a través de otro ministro, como sería la práctica tradicional.

 

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