“Pensábamos que invertir en México era un contrato de confianza; ahora tenemos la sensación de caminar sobre hielo delgado”. Con estas palabras, un directivo de una planta maquiladora —quien pide reserva de su identidad por miedo a represalias— retrata uno de los momentos de mayor tensión en el ámbito industrial mexicano en años recientes.
El conflicto no trata únicamente de impuestos o de empresas grandes: se trata del marco jurídico bajo el cual México atrajo inversiones para la transformación, ensamblaje y exportación de productos, en sectores que representan pilares de empleo y desarrollo regional. En el centro de la tormenta está el régimen IMMEX, diseñado para exentar del pago del IVA e impuesto de importación a insumos que permanecen temporalmente en el país antes de exportar.
Sin embargo, un litigio que involucra a Samsung Electronics —y que podría costarle al menos 300 mil millones de pesos en cobranzas fiscales —ha puesto al descubierto las fisuras en la arquitectura de incentivos industriales, la seguridad jurídica y el respeto al principio de legalidad tributaria.
Este reportaje analiza el trasfondo histórico del programa IMMEX, el conflicto fiscal que hoy amenaza su continuidad, testimonios de quienes trabajan en la industria y las implicaciones para México desde una perspectiva de soberanía productiva, justicia fiscal y valores de legalidad y solidaridad.
El régimen IMMEX: origen, lógica y beneficios
El régimen IMMEX —acrónimo de Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación— fue creado para atraer inversión manufacturera, aprovechando la posición geográfica de México, su mano de obra comparativamente económica, y tratados comerciales como el T-MEC.
De acuerdo con documentación oficial, el Decreto que regula el programa permite que “los bienes necesarios para el proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración, transformación o reparación de mercancías de procedencia extranjera importadas temporalmente” puedan entrar sin el pago del impuesto general de importación o del IVA, siempre que, entre otros requisitos, los bienes vuelvan o sean exportados.
Entre los beneficios destacan:
- Importación temporal de insumos, maquinaria y equipo sin pago inmediato de impuestos, si son transformados y luego exportados.
- Para las empresas certificadas en la modalidad del IVA e IEPS, se genera un crédito fiscal que en la práctica elimina el pago del IVA al importar temporalmente.
- Facilidades aduaneras, control de inventarios, trazabilidad digital mediante el Anexo 24 y nuevas obligaciones para conservar la certificación.
Este marco permitió que México se volviera un destino atractivo para manufactura, ensamblaje y exportación, generando empleo, encadenamientos productivos y participación en cadenas globales de valor. Desde la doctrina social de la Iglesia, este tipo de instrumentos pueden verse como promotores de dignidad humana mediante el trabajo, de solidaridad al generar empleo y de subsidiariedad al permitir que actores privados participen con condiciones claras.
No obstante, como todo sistema de incentivos fiscales, está sujeto a riesgos: cumplimiento, supervisión y la certeza de que los beneficios otorgados cumplen con su finalidad productiva, y no solo con la merma de recaudación.
El conflicto: IVA, importación virtual y doble tributación
En los últimos meses, la tensión se elevó cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzó a impugnar lo que denomina operaciones de “importación virtual” al amparo del programa IMMEX, argumentando que se utilizan de forma indebida para introducir productos terminados al mercado nacional sin pagar el IVA correspondiente. Según el SAT, esta modalidad ha generado evasión fiscal por hasta 250 mil millones de pesos anuales.
Por su parte, la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, advirtió que las cobranzas pretendidas implican una “doble tributación del IVA”, pues el gravamen ya se pagó al importar insumos, y repetir el cobro al momento de que el bien se queda en el país o cambia de régimen viola el principio de legalidad y la previsión de los tratados internacionales.
Por otro lado, la ministra Lenia Batres Guadarrama, argumenta que el perjuicio fiscal es mayúsculo y que las empresas han usufructuado el régimen más allá de lo permitido. En febrero de 2025, pidió retirar un proyecto en la Corte para estudiar el impacto económico que tendría invalidar la interpretación del SAT.
El epicentro legal es la Contradicción de Tesis 08/2025 que la SCJN refrendó como asunto pendiente, dejando al limbo jurídico a miles de empresas.
Se denomina “importación virtual” al mecanismo mediante el cual, bajo el régimen IMMEX, una empresa realiza una importación temporal de insumos, que luego se convierten en bienes terminados; esos bienes pueden venderse en el mercado interno sin tener que volver a cubrir el IVA que originalmente ya se pagó de manera diferida o acreditada. Para el SAT, esta operación vulnera el fin del régimen: los bienes no retornan o no son exportados, sino que permanecen en el territorio nacional o pasan a otro régimen.
Este es el núcleo del conflicto: ¿Debe el IVA volver a cobrarse cuando un bien termina consumiéndose en el mercado interno? ¿O, como argumentan las empresas y algunos ministros, el impuesto ya se cubrió en su lógica y repetirlo sería doble gravamen?
El monto del litigio es gigantesco: algunos medios estiman que la exigencia podría ascender a más de 300 mil millones de pesos para Samsung solo, lo que se traduce en seis años de utilidades de la firma en México.
De hecho, la empresa surcoreana ha declarado que buscará un “diálogo constructivo” con el gobierno mexicano para resolver el asunto sin dañar su relación de inversión.
Para miles de otras compañías que operan bajo el régimen IMMEX, la resolución se convierte en un precedente: sin certeza jurídica, podrían evaluar trasladar operaciones a otros países.
María Fernanda Román, supervisora de línea en una planta maquiladora ubicada en Querétaro, relata que “hoy siento que estoy apostando mi empleo a algo que está en suspenso”. Lleva siete años trabajando allí; su planta participa en exportaciones electrónicas bajo el régimen IMMEX. “Cuando entré, todo era optimismo: buenos salarios para la región, capacitación, compañerismo. Ahora los compañeros especulan: ‘¿Y si la empresa se va?’ ‘¿Y si viene otro recorte?’… No es sólo el dinero, es que aquí vivimos, aquí criamos a nuestros hijos, y de repente este vaivén nos pone en la incertidumbre”.
Román comenta que en las juntas de seguridad e inversión de la empresa les han dicho que “se está revisando todo, no hay una decisión de cierre, pero tampoco podemos ignorar que la incertidumbre existe”. “Hoy”, concluye, “trabajamos para que México sea importante en la cadena global; mañana no sabemos si estaremos aquí”. Este testimonio ilustra el dilema de miles de jóvenes y familias mexicanas: el trabajo industrial que parecía un motor de movilidad social hoy pende de un hilo de decisiones jurídicas, fiscales y políticas.
Implicaciones para México: empleo, inversión, soberanía productiva y justicia fiscal
El régimen IMMEX es pieza clave para la industria manufacturera exportadora de México. Fuentes del sector señalan que aporta más de 3 .2 millones de empleos directos e indirectos y que los ingresos del mercado nacional y extranjero superan los billones de pesos.
Si empresas como Samsung o automotrices o del sector aeroespacial optan por reubicar producción, los efectos económicos y sociales en regiones como el Bajío, la frontera norte y el corredor industrial podrían ser severos.
México ha sido protagonista del “nearshoring”: la relocalización de cadenas de producción desde Asia hacia América del Norte. La seguridad jurídica, la confianza fiscal y la previsibilidad del régimen son clave para mantener esa ventaja. Pero si se percibe que las reglas cambian de manera retroactiva o que la interpretación fiscal es incierta, la “ventanilla abierta” de México para estas inversiones puede cerrarse.
Desde la Doctrina Social de la Iglesia se subraya que la carga tributaria debe ser equitativa, conforme a la capacidad contributiva y con reglas claras que promuevan el bien común. Si la industria exportadora está siendo gravada de nuevo bajo una figura que podía considerarse exenta, entonces existe la amenaza de una doble carga que va en contra del principio de proporcionalidad tributaria.
El Estado sí tiene derecho y obligación de recaudar impuestos para financiar servicios públicos, infraestructura y políticas de bienestar; pero también tiene el deber de otorgar certeza, estabilidad y tratar con equidad a quienes invierten y generan empleo en el país.
El régimen IMMEX no sólo beneficia a grandes multinationals: también a proveedores locales, pymes mexicanas que forman parte de la cadena de suministro y a los empleados que participan en esa cadena. Un cierre abrupto o la huida de inversión puede debilitar esos efectos positivos: pérdida de empleo, fuga de talento y menor desarrollo de proveedores nacionales.
¿Por qué es tan complejo resolverlo?
El caso llegó a la SCJN bajo la contradicción de criterios 08/2025. Dos visiones se enfrentan:
- La de Batres: el régimen virtual fue utilizado de forma indebida, lo que implica evasiones masivas y debe corregirse.
- La de Esquivel: la interpretación que conduce al cobro del IVA implica doble tributación y vulnera la seguridad jurídica.
El proyecto fue retirado temporalmente por la ministra Esquivel para un análisis más profundo, lo cual evidencia la complejidad técnica, fiscal y política del asunto.
Los números asustan: se habla de pérdidas fiscales que van desde decenas hasta cientos de miles de millones de pesos si el SAT no cobrara. Por el otro lado, las empresas estiman que un fallo que las obligue a pagar podría representar años de utilidades. Esta dimensión financiera hace que la decisión tenga implicaciones más allá del derecho tributario: toca inversiones, empleo y la estabilidad del sistema.
Para una empresa extranjera que invierte decenas o cientos de millones de dólares, la estabilidad del marco normativo es clave. Cuando las reglas cambian o su interpretación es revisada años después, se debilita la previsibilidad. En ese sentido, el litigio actual puede enviar una señal negativa a futuros inversionistas.
Como ciudadanos mexicanos —y bajo los valores del trabajo digno, la justicia fiscal y la responsabilidad empresarial— es crucial que la industria opere bajo reglas claras que beneficien al país, sin privilegios indebidos, pero también sin retroactividad perjudicial. México necesita atraer y retener inversión —y al mismo tiempo asegurar que esas inversiones generen valor para la nación, los trabajadores y las comunidades.
Propuestas para salir del laberinto
- Resolución rápida del litigio en la SCJN: Mientras más tiempo pase sin una sentencia definitiva, mayor será la incertidumbre. Un fallo claro permitirá dar certidumbre jurídica al sector.
- Revisión del régimen IMMEX con transparencia: El Estado debe asegurar que el programa se use para su fin original (incentivar exportación, empleo, encadenamientos), y no como un escape fiscal. Esto requiere auditorías, controles, pero también diálogo con las empresas.
- Mecanismos de transición y seguridad jurídica: Si el fallo fuera desfavorable para las empresas, debería establecerse un periodo de transición —sin «sorpresas» retroactivas —que permita ajustar operaciones sin daño inmediato al empleo o la inversión.
- Fortalecimiento de la proveeduría local y la capacitación industrial: Para que México no dependa solo de grandes empresas, se necesita potenciar a proveedores nacionales, fomentar el valor agregado y vincular la inversión extranjera con el desarrollo regional.
- Comunicación y cultura de cumplimiento: Las empresas deben asumir que los incentivos fiscales no son una literal franquicia infinita: hay obligaciones y riesgos. Y el Estado debe comunicar de forma efectiva los cambios normativos y su alcance para generar confianza.
El caso que enfrenta Samsung y el régimen IMMEX no es simplemente un pleito fiscal —es un termómetro de la salud institucional de México para atraer inversión, garantizar empleos y construir cadenas productivas con valor agregado.
Si prevalece la inseguridad jurídica y la percepción de que el Estado puede cambiar las reglas a mitad del camino, el mensaje será claro: México ya no es un destino seguro para el capital que busca estabilidad. Y eso impacta directamente en la creación de empleos, en el desarrollo de regiones industriales y en la posibilidad de que los jóvenes accedan a trabajo digno en manufactura competitiva.
Por otro lado, el Estado está llamado a recaudar para financiar infraestructura, servicios y bienestar. Pero ello debe hacerse respetando principios de legalidad, equidad y transparencia. La justicia fiscal y la responsabilidad empresarial no son opuestas: pueden y deben convivir. La inversión que respeta las leyes, genera empleo y desarrolla comunidades es compatible con un Estado que exige contribución justa.
Desde la perspectiva de los valores de la Doctrina Social de la Iglesia —dignidad del trabajo, el bien común, la solidaridad entre generadores de riqueza y la comunidad nacional— tenemos que reconocer que los incentivos como el IMMEX fueron diseñados para potenciar al país y sus ciudadanos. Hoy, ese modelo está en riesgo. Se trata de recuperar la confianza de todos los actores: gobierno, empresas y trabajadores.
Para María Fernanda y miles de jóvenes como ella, no se trata solo de estadísticas: se trata de futuro, de hogar, de estabilidad. Y para México, no se trata solo de recaudar más impuestos, sino de preservar una plataforma productiva que dignifique el trabajo y fortalezca la nación.
En el momento en que se cierre este capítulo —sea con un fallo de la Corte o un acuerdo público-privado— sabremos si México definió un rumbo fiable para su industria exportadora o si, por el contrario, envió un mensaje de alerta a quienes aún creen en su horizonte como polo de manufactura global.
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