¿Qué hacemos con la causa grave?

Lo que pasó fue grave. La causa “grave” que exige la ley para remover al Fiscal General nunca existió ni pareció importar. Desde el jueves 27 de noviembre, la Presidencia de la República ofreció un espectáculo bochornoso.

Primero vino el revuelo por Miss Universo: México ganaba, pero el triunfo quedó ensuciado por las revelaciones de corrupción —de las que este gobierno siempre acaba formando parte, de una u otra manera— y por el desconcierto que generó saber que el dueño del concurso era testigo protegido de la Fiscalía General de la República. Apenas procesábamos esa noticia cuando llegó la siguiente sorpresa: la presidenta anunció la salida del Fiscal General.

Parecía increíble que un concurso de belleza estuviera relacionado y finalmente desembocara en la remoción de un fiscal. Pero la exclamación correcta es otra: la corrupción permitida por este gobierno alcanza —una vez más— niveles internacionales. Los nombres, las filtraciones y las acusaciones comenzaron a circular como si no existiera un procedimiento legal para tomar una decisión de esa magnitud.

El artículo 24 de la Ley de la Fiscalía General de la República es claro: solo existen dos supuestos para que un fiscal abandone su cargo: la remoción o la renuncia y, las dos, bajo la condición de que existiera una causa grave para proceder. Suponemos que, entre la prisa y las expectativas de un nuevo nombramiento, nadie se tomó la molestia de avisarle esto a la presidenta.

El viernes 28, el Senado seguía sin recibir la renuncia del fiscal. Y no la recibía por una sencilla razón: esa renuncia no existía.

Podemos imaginar un diálogo como el siguiente:

—Licenciado, antes de que esto explote, le voy a pedir que deje el cargo de Fiscal General.

—Presidenta, usted está en todo su derecho de removerme. Respeto su decisión. ¿Cuándo sería?

—El 28, fiscal, muchas gracias

—El 28 de noviembre. Muy bien.

Llegado el día, sorprendida, la presidenta preguntó por qué la renuncia no llegaba al Senado.

—Presidenta, usted está en su derecho de removerme; conforme a la ley, debe enviar una carta al Senado explicando la causa por la que me remueve. Yo tendría derecho de audiencia y a expresar lo que pienso. Pero cuente conmigo.

La presidenta —digámoslo con franqueza— ni siquiera se le había ocurrido pensar en ello por lo que seguramente consultó a las personas de su confianza y la respuesta fue la que todos conocemos: forzaron una carta de renuncia en la que se menciona un hecho, pero no una causa. Y así la enviaron al Senado.

Ni la presidenta ni los miembros del congreso pueden ignorar que todo dispositivo legal tiene una razón de ser. Que el artículo 24 establezca que se requiere una causa grave para la remoción o renuncia del fiscal general obedece a la intención del entonces legislador de no someter el puesto a caprichos políticos que pusieran en riesgo el desempeño del cargo.

Decir que “le ofrecieron una embajada en un país amigo” no es una causa, es un hecho. Y un hecho no satisface lo que exige la ley como presupuesto y condición para la remoción del Fiscal General. Y sobre todo en estos momentos del país.

El Senado, por su parte, hizo gala de su sumisión. No le importó la independencia ni la autonomía de la Fiscalía. Uno de los peores momentos fue cuando entre los discursos se escucharon frases tan absurdas como: “No hay causa más grave que el propio fiscal no quiera serlo.” Así estamos en México entre frivolidades y caprichos todo obscurece y nada se transparenta.

Qué tiempos para el derecho. Qué tiempos para México.

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* Las opiniones expresadas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor y no constituyen de manera alguna la posición oficial de yoinfluyo.com

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