Los Consejos Económicos y Sociales (CES) han sido instrumentos fundamentales en varios países para articular el diálogo entre sectores diversos —empresarios, sindicatos, sociedad civil y expertos— con el fin de asesorar a los gobiernos en la elaboración de políticas públicas. Pero no todos los CES son iguales. A través de una tabla comparativa detallada, se pueden identificar las claves que separan a los consejos con impacto real de aquellos que, aunque legalmente constituidos, apenas superan la formalidad simbólica.
La comparación entre Francia, España, Países Bajos, Corea del Sur, Italia y Brasil revela patrones comunes, divergencias sustantivas y experiencias de aprendizaje que pueden iluminar el camino de países como México, donde se debate la necesidad de crear un órgano consultivo de este tipo.
A continuación se presenta una tabla comparativa de algunos CES nacionales destacados, resaltando sus principales características institucionales:
País | Nombre del Consejo | Año de creación (base legal) | Composición | Funciones clave | Ejemplos de impacto |
---|---|---|---|---|---|
Francia | Conseil Économique, Social et Environnemental (CESE) | 1946 (Const. 1958, arts. 69-71) | ~230 miembros: sindicatos, empresarios, cooperativas, asociaciones familiares + expertos (designación mixta) | Consultivo obligatorio en proyectos de ley económicos-sociales; emite dictámenes a petición del gobierno o motu proprio. También informes anuales y estudios de iniciativa propia. | Ha influido en leyes laborales y ambientales; foro permanente para consenso (ej. aportes a ley de economía circular, Convención del Clima). |
España | Consejo Económico y Social (CES) | 1991 (Ley Orgánica 21/1991) | 61 miembros: 20 sindicatos, 20 empresarios, 20 terceros (agrario, pesca, consumo, economía social) + 1 presidente. Presidente designado por Gobierno con 2/3 apoyo. | Consultivo preceptivo en anteproyectos de ley socioeconómicos (dictamen no vinculante); informes a solicitud del Gobierno o por iniciativa propia; memoria socioeconómica anual. | Observaciones incorporadas en legislación (p.ej. sugerencias sobre educación infantil); espacio de acuerdo social en reformas laborales, pensiones, etc. |
Países Bajos | Sociaal-Economische Raad (SER) | 1950 (Ley del SER) | 33 miembros: 11 patronal, 11 sindicatos, 11 independientes (“grupo de la Corona”). Independientes incluyen Banco Central y oficina económica. | Órgano central del modelo pólder: consultivo en políticas económicas y sociales de alcance general; obligatorio consultar en legislación económica. Formula acuerdos tripartitos que el gobierno suele adoptar. | Decisivo en pactos nacionales (ej. Acuerdo Wassenaar 1982 en contención salarial); ha logrado consenso en reformas de pensiones, mercado laboral, transición energética, manteniendo baja conflictividad. |
Corea del Sur | Economic, Social & Labor Council (ESLC) – antes Comisión Tripartita | 1998 (Ley 5.990/1999, enmendada 2007 y 2018) | 18 miembros (2018): gobierno, empresarios, 2 confederaciones sindicales (aunque KCTU ha boicoteado a veces) + representantes públicos/ expertos. Presidido por el Presidente de la Nación en sesiones clave. | Concertación tripartita sobre políticas laborales, empleo, industria y bienestar; acuerdos sociales para crisis (e.g. pacto 1998 con 90 medidas); consultivo en reformas estructurales (horas de trabajo, salario mínimo, etc.). | Facilitó reformas poscrisis 1998 (flexibilización laboral con protección social); acuerdos en 2020 para proteger empleos durante pandemia; discute reforma laboral 2023 con participación de sectores emergentes. |
Italia | Consiglio Nazionale dell’Economia e del Lavoro (CNEL) | 1957 (Const. 1948 art.99) | 121 consejeros: expertos (12) + representantes de sector público/privado (44), autónomos (18), empleadores (37), y asociaciones sociales (10). Presidente electo por consejeros, nombrado por Pdte. República. | Consultivo del Parlamento y Gobierno en materia económica y laboral; iniciativa legislativa limitada en esos ámbitos; informes y recomendaciones no vinculantes. | Impacto reducido; formalmente contribuyó a legislación laboral en décadas pasadas, pero percibido como burocrático. Intento de abolición en 2016 fallido; busca renovarse en evaluación de políticas (p.ej. impacto COVID). |
Brasil | Conselho de Desenvolvimento Econômico e Social (CDES, “Conselhão”) | 2003 (Ley federal) – extinto 2019, restablecido 2023 | ~90 miembros (2003), ampliados a 102 (2016) y 245 en 2023. Representación amplia: líderes sindicales, empresariales, movimientos sociales, sector académico, juventudes, minorías, etc.. Presidido por el Presidente de la República. | Foro asesor y de concertación multisectorial de alcance nacional; formula recomendaciones de consenso sobre desarrollo económico sostenible y políticas sociales. No tiene rol formal en el proceso legislativo, pero influye vía propuestas al Ejecutivo. | 2003-2016: contribuyó a orientación de políticas sociales (Bolsa Família) y reformas pro-crecimiento con inclusión. Su disolución 2019 dejó vacío de diálogo; reactivación 2023 busca concertar agendas climáticas y de equidad, con expectativa de alto impacto en apoyo a políticas de Lula. |
(Fuentes: composición y funciones según referencias citadas para cada país; elaboración propia).
La tabla anterior muestra la diversidad de configuraciones: algunos consejos (Francia, España, Países Bajos) tienen base legal fuerte y procedimientos de consulta obligatoria en la legislación nacional, mientras otros (Corea, Brasil) operan más como consejos estratégicos del Poder Ejecutivo para pactar políticas en momentos clave. Igualmente, vemos rangos de tamaño muy distintos, desde 33 miembros en el eficaz SER neerlandés hasta cientos en el renovado consejo brasileño, pasando por tamaños intermedios. Esto refleja diferentes filosofías: unas priorizan la agilidad y el equilibrio tripartito (número acotado de miembros para facilitar acuerdos), y otras priorizan la inclusión de la diversidad social más amplia, aun si eso dificulta la toma de decisiones. También se aprecia que la fuerza vinculante de los CES varía: en ningún caso sus dictámenes son legalmente obligatorios para el gobierno, pero donde el marco normativo exige la consulta (p.ej. España, Francia) el CES se integra en el ciclo legislativo, mientras que en otros casos su influencia depende más de la voluntad política (p.ej. Brasil, donde el presidente puede adoptar o ignorar las recomendaciones). Por último, en términos de resultados, los consejos de Europa occidental y el SER en particular han acumulado un historial de contribución a políticas consensuadas (reduciendo conflictividad), mientras que otros han tenido desempeños irregulares o simbólicos, enseñando que la efectividad real requiere compromiso de las partes y no solo la existencia nominal de la institución.
Adicionalmente, la tabla comparativa de CES internacionales revela una verdad contundente: no se trata solo de establecer consejos, sino de dotarlos de dientes, de legitimidad social y de integración efectiva en los ciclos de decisión pública.
Consejos como el SER de los Países Bajos o el CESE francés tienen estructuras relativamente compactas, claras reglas de consulta obligatoria y prácticas deliberativas sólidas que aseguran influencia real en la política nacional. En contraste, experiencias como el CNEL italiano o el CDES brasileño muestran que el exceso de miembros, la ambigüedad en las funciones o la falta de voluntad gubernamental pueden condenar a estos órganos a la irrelevancia.
La eficacia de un CES no se mide por el número de sillas en la mesa, sino por el compromiso de las partes, la seriedad del proceso y el respaldo legal que obliga a escuchar, aunque no a acatar. Como señala el economista neerlandés Jeroen Dijsselbloem:
“La concertación solo funciona cuando los actores se reconocen mutuamente como interlocutores legítimos y el gobierno honra lo que escucha”.
Para México, el desafío no está en copiar modelos, sino en construir uno con vocación participativa, plural, profesional y útil. De lo contrario, se corre el riesgo de sumar otra institución costosa sin incidencia, cuando lo que se necesita con urgencia es un espacio que realmente ayude a construir consensos para el desarrollo sostenible.
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