|
"ArtÃculo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental".
Por su parte, la propuesta del Art. 24 fue aprobada en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre del 2011, para ser retomada por el Senado de la República a en su primer periodo de sesiones de este año.
La sesión de la Cámara de Diputados del 15 de diciembre pasado fue una larga confrontación, donde el PRD, PT y Convergencia tomaron la tribuna para impedir que fuera aprobada la reforma en los términos que venÃa; para lograr un acuerdo y que desalojaran la tribuna para continuar la sesión, los distintos partidos acordaron aceptar una nueva redacción que propuso la diputada Enoé Uranga, para quedar como sigue:
"ArtÃculo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines polÃticos, de proselitismo o de propaganda polÃtica.
"El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohiban religión alguna.
"Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria."
El texto vigente hasta el 28 de marzo de 2012 en que se aprobó la reforma constitucional decÃa:
"ArtÃculo 24. Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley.
"El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohÃban religión alguna.
"Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria."
Mientras que la propuesta original de la Cámara de Diputados, decÃa:
Propuesta Diputado José Ricardo López:
"ArtÃculo 24. Todo individuo tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o adoptar, o no tener ni adoptar, la religión o las creencias de su elección, asà como la libertad de manifestar su religión o creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de ritos, las prácticas, la difusión y la enseñanza; siempre que no constituyan un delito o una falta sancionado por la ley.
[...]
[Se deroga]
"Sin contravenir lo prescrito en el artÃculo 3o. de esta Constitución, el Estado respetará la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones."
La redacción que incluyó Enoé Uranga al mencionado Art. 24, dista mucho de la propuesta original. La redacción de la diputada fue la aprobada y tiene graves errores que pueden dar lugar a malas interpretaciones. Sin embargo y tomando en cuenta el espÃritu con que venÃa la redacción del ArtÃculo 40 (información que se obtiene de la exposición de motivos, tema que en un texto posterior abordaré), habÃa sido redactada con el fin de callar a los católicos y en general a los cristianos para que dejaran de influir en decisiones legislativas fundamentales, asà como en polÃticas públicas.
A este grupo de jacobinos trasnochados, que más que estar en pleno siglo XXI, se quedaron en el XIX, querÃan imponer la reforma al Art. 40 buscando más que un "Estado Laico" que modernamente se entiende como un "Estado neutro a las religiones", lo que han buscado establecer es un Estado Ateo, que busca imponer este pensamiento a la población. Además no querÃan por ningún motivo que se reformara el Art. 24 con todo y la mala redacción que tiene porque para ellos es un insulto que en México se reconozca la "Libertad de Religión".
Con la Reforma Constitucional del año pasado en materia de Derechos Humanos, en realidad nuestro paÃs ya habÃa reconocido la libertad religiosa, porque se encuentra ampliamente reconocida en varios tratados internacionales, especialmente en el Pacto de San José y en el Pacto de Derechos Civiles y PolÃticos, pero para protección de todos los creyentes (de todas las iglesias) era indispensable que quedara plasmada en la Constitución la "Libertad Religiosa".
Ahora solo falta que estas reformas constitucionales sean aprobadas por la mitad más uno de los congresos locales, para que sea una realidad.
¡En hora buena!
Twitter: @Yoinfluyo
|