Los consejos económicos y sociales (CES) son órganos consultivos nacionales que integran a representantes de diversos sectores socioeconómicos (sindicatos, empresariado, organizaciones civiles, expertos, etc.) para asesorar a los gobiernos en políticas económicas, sociales y (en muchos casos) ambientales. Estas instituciones surgieron a lo largo del siglo XX como mecanismos de diálogo social institucionalizado, buscando incorporar las voces de los agentes sociales en la formulación de políticas públicas y promover consensos en torno a reformas económicas y sociales. Su configuración exacta varía según el país, pero generalmente cuentan con composición tripartita o multipartita, funciones consultivas formales, base legal (constitucional o por ley), y procedimientos para emitir recomendaciones o dictámenes sobre proyectos normativos o estrategias nacionales. A continuación, se analizan ejemplos representativos de CES nacionales en distintas regiones (Europa, Asia, América), describiendo su configuración institucional, políticas influidas y resultados, así como su relación con organismos internacionales. Finalmente, se examina el caso de México y las condiciones necesarias para que un órgano de este tipo funcione efectivamente y no de manera meramente simbólica.
Modelos nacionales de consejos económicos y sociales
Francia: Consejo Económico, Social y Ambiental (CESE)
El caso de Francia es pionero. Su Consejo Económico, Social y Ambiental (CESE, antes Consejo Económico y Social) tiene raíces en el Consejo Nacional Económico creado en 1925, restablecido tras la Segunda Guerra Mundial. En la Constitución de 1958 (V República) quedó consagrado como organismo estatal consultivo en materias económicas y sociales (ampliado a ambientales en 2008). Se le considera la tercera asamblea de la República. Sus funciones incluyen emitir opiniones o dictámenes no vinculantes a petición del Gobierno o el Parlamento, e incluso por iniciativa propia, sobre proyectos de ley o políticas públicas de índole económica, social y ambiental. Durante el proceso legislativo, puede ser consultado formalmente en proyectos de ley presentados ante la Asamblea Nacional.
En cuanto a composición, el CESE francés cuenta con alrededor de 230 consejeros designados por 5 años, provenientes de una amplia gama de grupos socioeconómicos. Según disposiciones recientes, incluye representantes de sindicatos de trabajadores (sector privado y público), organizaciones empresariales, cooperativas y asociaciones profesionales, organizaciones familiares, así como personalidades destacadas en campos científicos o culturales. Por ejemplo, de sus miembros una parte importante es propuesta directamente por organizaciones sociales (ej. sindicatos y patronales) y otra parte son expertos nombrados por el Gobierno (vía Consejo de Ministros) para asegurar pluralidad. Esta pluralidad refleja la diversidad de la sociedad francesa. La presidencia del Consejo es elegida por los propios consejeros, y el CESE cuenta con autonomía orgánica y funcional.
En términos de marco legal, los artículos 69 a 71 de la Constitución francesa definen su papel consultivo. Una ley orgánica regula su organización y atribuciones detalladas. Sus mecanismos de decisión se basan en la deliberación interna: las comisiones de trabajo elaboran borradores de informe, que luego son debatidos y adoptados en el pleno del Consejo, normalmente buscando consenso, pero con votaciones cuando es necesario. Sus dictámenes, si bien no obligatorios, deben acompañar los proyectos de ley relacionados con asuntos socioeconómicos cuando el Gobierno los remite al Parlamento, otorgando visibilidad formal a la opinión de los interlocutores sociales.
En cuanto a políticas e impacto, el CESE de Francia ha abordado una gran variedad de temas (empleo, formación profesional, medio ambiente, reformas tributarias, etc.) a lo largo de décadas, contribuyendo a enriquecer el debate público. Por ejemplo, ha emitido informes sobre transición energética, cohesión social, o evaluación de políticas europeas, algunos de los cuales han influido en ajustes legislativos. No obstante, su incidencia depende en buena medida de la receptividad política del gobierno de turno. El CESE francés es valorado por ser un foro permanente de diálogo multisectorial, aunque también ha enfrentado críticas ocasionales sobre su eficacia o la necesidad de reformarlo para darle mayor protagonismo. En 2020-2021, por ejemplo, se le encomendó organizar la Convención Ciudadana para el Clima (un foro participativo) cuyas recomendaciones alimentaron un proyecto de ley ambiental, mostrando una forma innovadora de involucrar al CESE en procesos deliberativos. En síntesis, el modelo francés encarna un CES institucionalizado al más alto nivel, con amplio espectro de sectores representados y funciones consultivas generales en políticas socioeconómicas de alcance nacional.
España: Consejo Económico y Social (CES)
El Consejo Económico y Social de España es un órgano consultivo de creación más reciente, establecido en 1991 mediante la Ley 21/1991. Su misión es canalizar la participación de los agentes económicos y sociales en las decisiones públicas de carácter socioeconómico y laboral. A diferencia del caso francés, el CES español no está en la Constitución sino en una ley orgánica, y se adscribe administrativamente al Ministerio de Trabajo y Economía Social aunque con autonomía en sus funciones.
La composición del CES de España es tripartita y equilibrada: 61 miembros en total (incluido el presidente), distribuidos en tres grupos de 20 consejeros cada uno representando respectivamente a sindicatos, organizaciones empresariales y otros sectores de la sociedad civil. En este tercer grupo se incluyen representantes del sector agrario, marítimo-pesquero, la economía social (cooperativas), organizaciones de consumidores y usuarios, y además 6 expertos en materias socioeconómicas designados por el Gobierno. Los consejeros son nombrados por períodos de cuatro años (renovables) y propuestos en su mayoría por sus propias organizaciones de origen, garantizando la representatividad. La elección del presidente del CES corresponde al Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Trabajo y de Economía, previa consulta a los grupos del Consejo y con apoyo de dos tercios del pleno. Esto asegura un amplio consenso en la designación de la cabeza del organismo.
Las funciones del CES español están definidas por su ley de creación y comprenden principalmente emitir dictámenes o informes sobre iniciativas normativas antes de su aprobación. En particular, el Gobierno debe consultar preceptivamente al CES los anteproyectos de ley, proyectos de decretos legislativos o reglamentos en materias socioeconómicas y laborales. Es decir, toda iniciativa legal relevante en economía laboral, empleo, Seguridad Social, etc., debe ir acompañada del dictamen del CES al ser enviada al Parlamento. Estos dictámenes no son vinculantes –el Gobierno puede no seguir sus recomendaciones– pero su existencia garantiza que la perspectiva de trabajadores, empleadores y otros grupos quede recogida formalmente en el proceso legislativo. Además de esta función consultiva prelegislativa, el CES puede ser consultado facultativamente sobre cualquier otra materia que el Gobierno someta a su consideración. El propio CES también puede elaborar estudios e informes por iniciativa propia o a solicitud del Ejecutivo, abarcando un amplio abanico de temas: desde economía y fiscalidad, relaciones laborales y empleo, hasta educación, medio ambiente, transporte, vivienda, desarrollo regional o cooperación internacional. De hecho, el CES elabora cada año una Memoria socioeconómica y laboral de la nación, con análisis y recomendaciones, que eleva al Gobierno dentro del primer semestre. Esta memoria anual es una de sus aportaciones importantes al debate público, pues sintetiza la visión consensuada de los agentes sociales sobre la situación del país.
En su marco institucional, el CES español goza de personalidad jurídica propia y plena autonomía orgánica y funcional para cumplir sus fines. Internamente, trabaja mediante comisiones sectoriales (por ejemplo: economía y fiscalidad; mercado único europeo; relaciones laborales; agricultura y pesca; medio ambiente, entre otras) en las cuales los consejeros discuten los asuntos y preparan borradores de dictamen. Esos borradores luego se debaten en el Pleno del CES, donde pueden presentarse enmiendas y se adoptan decisiones normalmente por consenso o, de ser necesario, por votación de mayorías.
En cuanto a impacto y resultados, el CES ha influido en diversos debates políticos en España. Por ejemplo, sus dictámenes han señalado observaciones técnicas o sociales a proyectos de ley (como ocurrió en 2003 al criticar la ausencia de gratuidad en la educación infantil de 0 a 3 años en una ley de apoyo a la natalidad). Si bien sus recomendaciones no obligan legalmente, sí han llevado al Gobierno o al Parlamento a introducir ajustes en algunos textos legales para atender consensos del CES. También, el CES ha sido un espacio donde sindicatos y empresarios logran posturas comunes que luego refuerzan propuestas de política pública (en temas como formación profesional, pensiones, mercado laboral, etc.). Cabe destacar que en el nivel regional, 12 de las 17 comunidades autónomas españolas han creado sus propios Consejos Económicos y Sociales autónomicos, lo que extiende la práctica del diálogo consultivo al ámbito local. Asimismo, el CES de España mantiene una relación activa con el CES Europeo y con redes internacionales, contribuyendo a difundir valores de participación y concertación social.
En resumen, el modelo español ilustra un CES tripartito formalizado por ley, con competencias consultivas obligatorias en el proceso legislativo socioeconómico, y que ha aportado al consenso social en democracia desde su creación en 1991. Aunque su efectividad depende del peso que gobierno y legisladores den a sus aportes, su sola existencia garantiza un canal permanente de diálogo social institucional.
Países Bajos: Consejo Social y Económico (SER)
El Consejo Social y Económico de los Países Bajos (Sociaal-Economische Raad, conocido como SER) es reconocido internacionalmente por su efectividad e influencia en la política nacional. Fue establecido en 1950, en el marco de la Ley de Organización Industrial neerlandesa, y desde entonces se consolidó como la piedra angular del llamado “modelo Pólder”, la forma de concertación social característica de los Países Bajos. A diferencia de otros países, donde la institucionalización del diálogo social fue más bien impulsada desde el Estado, en Holanda el SER y la concertación surgieron “desde abajo”, es decir, por iniciativa de las propias organizaciones de empleadores y trabajadores desde mediados del siglo XX. El Estado apoyó este proceso, pero la vitalidad del diálogo social neerlandés se atribuye a una sólida cultura de cooperación comunitaria para alcanzar consensos (de ahí la metáfora del pólder, terreno ganado al mar con esfuerzo colectivo).
En términos de configuración institucional, el SER neerlandés está establecido por ley y tiene competencias consultivas y de concertación muy amplias. Sus dictámenes y acuerdos han orientado de forma determinante políticas económicas, laborales y sociales en los Países Bajos, al punto de calificar al sistema como “economía consultativa”. El SER es regularmente el foro donde se discuten y pactan grandes orientaciones de política socioeconómica, antes de traducirse en legislación o en convenios colectivos. Un ejemplo histórico de su influencia fue el Acuerdo de Wassenaar (1982) –si bien negociado directamente entre centrales sindicales y patronales, el espíritu de concertación que lo posibilitó emanaba de la tradición del SER– que marcó la senda de moderación salarial a cambio de creación de empleo, contribuyendo a la recuperación económica neerlandesa en los años 80. Desde entonces, el SER ha intervenido en pactos sobre modernización del mercado laboral, sistema de pensiones, políticas de innovación, transición energética, entre otros ámbitos fundamentales.
La composición del SER de los Países Bajos es tripartita “plus”, con un total de 33 miembros divididos en tres grupos iguales. Esos grupos representan: empleadores (11 miembros), sindicatos (11 miembros) y el llamado “grupo de la Corona” (11 miembros). Los empleadores están representados principalmente por la confederación empresarial VNO-NCW (7 miembros), la asociación de medianas y pequeñas empresas MKB-Nederland (3 miembros) y la federación de agricultores LTO (1 miembro). El grupo sindical incluye delegados de las principales centrales: la federación sindical FNV (8 miembros), la confederación cristiana CNV (2 miembros) y la federación de sindicatos de profesionales VCP (1 miembro). Finalmente, el grupo de la Corona lo conforman miembros independientes nombrados formalmente por la Corona (en la práctica, por el gobierno tras amplias consultas con sindicatos y empleadores). Estos consejeros “neutrales” suelen ser expertos académicos en economía, derecho, ciencias sociales, etc., y dos de ellos ocupan el puesto por su cargo: el presidente del Banco Central neerlandés y el director de la Oficina de Análisis de Política Económica. A pesar de ser funcionarios, estos dos actúan como técnicos no políticos dentro del consejo. Los miembros independientes no pueden tener roles activos en partidos políticos, y aportan una mirada objetiva que ayuda a equilibrar posiciones. Cabe destacar que las presidencias de los comités de trabajo del SER (donde se elaboran los informes consultivos) siempre recaen en un miembro de la Corona, lo que facilita mediar consensos entre patronal y sindicatos cuando surgen diferencias. Los consejeros del SER son nombrados por periodos de 2 años renovables (lo cual permite flexibilidad para ajustar la representación si cambian las organizaciones). Excepto el presidente, que trabaja de tiempo completo, los demás miembros reciben solo dietas por reunión y compensaciones de gastos, no un salario fijo – esto refuerza que participan en representación de sus sectores más que por ocupar un cargo público remunerado.
El funcionamiento del SER se basa en la búsqueda del consenso tripartito. Formalmente, sus dictámenes se aprueban por mayoría si fuese necesario, pero en la práctica el valor del SER está en que las recomendaciones que emite suelen contar con el respaldo unánime o ampliamente mayoritario de empleadores, trabajadores y expertos. Esto les da un peso político significativo ante el gobierno y el parlamento. El gobierno neerlandés está obligado por ley a consultar al SER en un listado de materias económicas y sociales antes de legislar. Además, el SER puede proponer iniciativas o estudios por cuenta propia. Notablemente, el SER administra también fondos públicos de algunos programas de formación y colabora en la supervisión de ciertos acuerdos colectivos, integrando la gobernanza público-privada. Su sede está en La Haya y cuenta con un secretariado técnico de alto nivel que respalda las investigaciones.
El impacto del SER de los Países Bajos ha sido altamente positivo en términos de paz social, cohesión y competitividad económica. Se le atribuye haber contribuido a décadas de bajos conflictos laborales y soluciones pactadas a desafíos como la flexibilización laboral, la contención de la inflación, la reconversión industrial y más recientemente políticas de sostenibilidad. Estudios académicos lo citan como ejemplo de neocorporatismo eficaz, donde las decisiones consensuadas “ganan legitimidad y viabilidad” al surgir de los principales actores socioeconómicos. En resumen, el SER neerlandés ejemplifica un CES muy influyente, central en la formulación de políticas nacionales –tanto que el conjunto del sistema se conoce coloquialmente como “modelo holandés” de concertación.
Corea del Sur: Consejo Económico y Social (Comisión Tripartita / ESLC)
En Asia, un caso destacado es el de Corea del Sur, donde el consejo económico-social surgió en un contexto de crisis financiera y transición política. A finales de 1997, en plena crisis asiática, el entonces presidente electo Kim Dae-jung propuso instaurar un mecanismo de consulta tripartita para superar la emergencia económica. Así, en enero de 1998 se estableció la Comisión Tripartita de Corea (Korea Tripartite Commission) con participación del gobierno, empresarios y sindicatos, adoptando ese mismo mes un “Acuerdo Social para Superar la Crisis” con más de 90 medidas concertadas. Este pacto implicó concesiones difíciles (como facilidades para reestructurar empresas y flexibilizar el mercado laboral, a cambio de ampliar la protección social para desempleados) y fue clave para cumplir las condiciones del rescate financiero del FMI manteniendo la paz social. La Comisión Tripartita surcoreana se convirtió así en un órgano permanente de diálogo social nacional. En 1999 su estatus quedó definido por ley (Act on the Establishment and Operation of the Tripartite Commission), y con el tiempo evolucionó en nombre y estructura.
Durante las dos décadas siguientes, este órgano fue rebautizado como Comisión de Desarrollo Económico y Social e incorporó de forma incremental a otros actores sociales además de los tradicionales (por ejemplo, representantes de pequeñas empresas, trabajadores no sindicados, sectores civiles), buscando ampliar la legitimidad de los acuerdos. Finalmente, en 2018, bajo el gobierno del presidente Moon Jae-in, se relanzó con el nombre Consejo Económico, Social y Laboral (Economic, Social & Labor Council, ESLC) con una composición más plural. El ESLC, cuya máxima instancia es el Comité Plenario, pasó a incluir 18 miembros permanentes: representantes de las dos grandes confederaciones sindicales, de las asociaciones empresariales, y varias figuras de interés público o expertos designados. Cabe señalar que en su sesión inaugural en noviembre de 2018, una de las dos centrales sindicales (la KCTU, de orientación más radical) boicoteó el acto, dejando un asiento vacante de los 18 previstos. Aun así, el Consejo inició sus trabajos con la participación de la otra confederación (FKTU), el gobierno y el empresariado, bajo el auspicio directo del Presidente de la República. De hecho, el presidente Moon asistió a la primera reunión del Consejo, enfatizando la importancia de la concertación tripartita al más alto nivel.
La composición funcional del Consejo surcoreano incluye un pleno (Comité Plenario) donde se toman las decisiones finales, y diversos comités sectoriales o grupos de trabajo para temas específicos (por ejemplo: reforma laboral, protección social, innovación industrial, etc.). Se procura integrar también las voces de trabajadores de empresas pequeñas, trabajadores independientes, mujeres y jóvenes, para reflejar la diversidad del mercado de trabajo actual. El marco legal vigente (Ley del Consejo Económico, Social y Laboral, resultante de enmiendas a la ley original de la Comisión Tripartita) estipula que el Consejo discuta políticas de empleo, laborales, industriales, de bienestar social y otros asuntos económicos y sociales de gran envergadura. Las decisiones o acuerdos del ESLC no son jurídicamente vinculantes para el Gobierno, pero en la práctica funcionan como pactos sociales que orientan la legislación y las políticas. Por ejemplo, en 2020, durante la pandemia de COVID-19, el Consejo sirvió de espacio para negociar medidas de preservación del empleo y apoyo a empresas, logrando un acuerdo tripartito de emergencia reconocido por el propio presidente Moon como crucial para enfrentar la crisis. Más recientemente (2022-2023), el gobierno surcoreano ha encomendado al ESLC debatir reformas laborales estructurales –como la flexibilización de la jornada de trabajo, la transparencia financiera sindical o la mejora de condiciones de trabajadores de plataformas– confiando en que el diálogo social genere recomendaciones viables para implementar dichos cambios.
Los mecanismos de decisión en el ESLC buscan el consenso, pero Corea del Sur ha enfrentado desafíos: en repetidas ocasiones la central sindical KCTU se ha retirado de la mesa de diálogo en protesta por ciertas políticas, lo que ha puesto a prueba la inclusividad del Consejo. A pesar de ello, el organismo ha conseguido acuerdos importantes cuando todos participan. Su impacto se ve en reformas legislativas como la introducción del salario mínimo legal a principios de los 2000, los cambios en leyes laborales para facilitar negociaciones colectivas, o la expansión de la seguridad social para trabajadores irregulares, todos temas discutidos en la Comisión Tripartita/ESLC. Además, el Consejo ha sido fundamental para impulsar una cultura de negociación colectiva y consulta en un país que antes de 1998 tenía relaciones laborales muy conflictivas. En resumen, el modelo surcoreano muestra cómo un CES puede ser instrumento de concertación en momentos de crisis y evolucionar hacia una institución permanente que aborda reformas de fondo, aunque su eficacia depende de la voluntad de las partes de mantenerse en la mesa de diálogo. Es un ejemplo de CES fuera del contexto europeo, adaptado a un entorno de industrialización rápida y tensiones laborales, que con el tiempo se ha alineado con estándares internacionales de diálogo social promovidos por la OIT.
Otros modelos representativos: Italia e Iberoamérica
Además de los casos anteriores, vale la pena mencionar brevemente otros modelos de consejos económicos y sociales para contrastar configuraciones:
- Italia – CNEL: En Italia existe el Consiglio Nazionale dell’Economia e del Lavoro (CNEL), órgano consultivo previsto por la Constitución de 1948 (artículo 99). Se concibió para asesorar al Parlamento y al Gobierno en materias económicas y laborales, y curiosamente tiene potestad de iniciativa legislativa en dichas materias (puede proponer proyectos de ley, algo poco común entre los CES). El CNEL se compone actualmente de 121 consejeros, incluyendo expertos y representantes de distintos sectores: sindicatos, empresarios, autónomos, asociaciones sociales y de voluntariado. Durante décadas produjo informes y dictámenes sobre políticas de desarrollo, mercado laboral, etc. Sin embargo, el CNEL ha sido criticado por su escasa incidencia real y fue objeto de un intento de supresión: en el referéndum constitucional de 2016 se propuso eliminarlo para reducir costes y burocracia, argumentando que apenas había influido en leyes (el referéndum no prosperó, preservando al CNEL). La experiencia italiana muestra que disponer de base constitucional no garantiza efectividad, si el organismo no logra insertarse dinámicamente en el proceso político. Actualmente, el CNEL sigue en funciones e intenta renovarse enfocándose en la economía digital, el diálogo con la Unión Europea y la evaluación de políticas públicas, pero arrastra el reto de demostrar su utilidad más allá de emitir recomendaciones formales.
- Brasil – CDES: En América Latina, un ejemplo notable es el de Brasil con su Conselho de Desenvolvimento Econômico e Social (CDES), conocido como el “Conselhão”. Fue creado en 2003 por iniciativa del entonces presidente Lula da Silva, mediante ley, como un espacio permanente de diálogo entre el gobierno federal y diversos sectores de la sociedad brasileña. A diferencia de los CES europeos tripartitos clásicos, el CDES brasileño se diseñó más amplio y multipartito, incluyendo líderes sindicales, empresariales, movimientos sociales, intelectuales, organizaciones de mujeres, juventud, minorías, etc. Su objetivo central era asesorar y concertar políticas de desarrollo económico con inclusión social, en línea con el proyecto político de Lula. Durante más de 15 años, el CDES funcionó exitosamente contribuyendo a orientaciones estratégicas en áreas como la reforma tributaria, programas de transferencia de renta (Bolsa Família), políticas industriales y la agenda de desarrollo sostenible. Tenía un carácter consultivo-propositivo: formulaba recomendaciones de consenso que muchas veces alimentaban planes gubernamentales. El Consejo estaba presidido por el Presidente de la República y coordinado por un ministro (lo que le daba peso político), y llegó a tener cerca de 90 miembros en sus primeros años. Posteriormente, en 2016, durante el gobierno de Dilma Rousseff, su composición se amplió aún más, integrando unos 102 consejeros de muy variado perfil. Sin embargo, en 2019 el gobierno de Jair Bolsonaro disolvió el CDES argumentando recortes y desconfianza hacia este tipo de instancias participativas. Tras la elección de 2022, el presidente Lula (en su retorno al poder) decidió restablecer el Consejo en 2023, ahora denominándolo Consejo de Desarrollo Económico y Social Sostenible para subrayar también la dimensión ambiental. El nuevo CDES sostenible brasileño busca ser aún más inclusivo, con mayor participación femenina, diversidad étnico-racial y territorial. De hecho, en mayo de 2023 celebró su primera plenaria con 245 consejeros (una cifra muy superior a la de los CES europeos), de los cuales 214 asistieron, evidenciando la amplitud del foro. Este Consejo funciona como canal asesor permanente del Presidente: no emite dictámenes vinculantes, pero sí acuerdos multisectoriales que orientan las políticas del Ejecutivo. Su recreación se considera un esfuerzo por fortalecer la democracia participativa en Brasil, dando voz a la compleja heterogeneidad social en la formulación de directrices de desarrollo. Es ilustrativo cómo, en contextos latinoamericanos, la figura del CES se adapta a estructuras más flexibles: menos formales en el proceso legislativo, pero con la presidencia directa del jefe de Estado para impulsar el diálogo. La eficacia del modelo brasileño, en su primera etapa, se reflejó en la aceptación social de políticas redistributivas y en la generación de confianza entre sectores tradicionalmente enfrentados. Su continuidad en esta nueva etapa estará por verse, pero tiene un futuro prometedor según sus promotores, que ya buscan reactivar la cooperación internacional del Consejo (por ejemplo, reintegrándolo a la AICESIS).
- Otros países: Muchos otros países han implementado CES con diversas modalidades. En Europa, casi todos los Estados miembros de la UE cuentan con un CES u órgano similar a nivel nacional o regional (p. ej., el Consejo Económico y Social de Países Bajos ya descrito; el Comité Social y Económico de Bélgica; el Consejo Económico y Social de Grecia, etc.). En América Latina y el Caribe, inspirados en parte por experiencias europeas, varios países han constituido consejos consultivos: República Dominicana (CES), Guatemala (también CES), Honduras (Consejo Económico y Social establecido en sus acuerdos de paz), Uruguay (Consejo de Economía Nacional en el pasado), etc., con resultados mixtos. En África, países como Marruecos, Costa de Marfil o la República Democrática del Congo tienen CES activos que incluso han sido foros para dialogar sobre reformas constitucionales o planes de desarrollo. La presencia de un consejo consultivo tripartito es recomendada por la OIT (Organización Internacional del Trabajo) como parte del respeto al principio de diálogo social, y ha sido apoyada por organismos internacionales como el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en naciones en transición. Sin embargo, el grado de influencia real de estos consejos varía considerablemente: algunos son muy activos en generar consensos (como los europeos occidentales), mientras otros quedan marginados o se reúnen esporádicamente sin incidencia (a veces por falta de voluntad política de los gobiernos). En ciertos casos, la institucionalización legal existe pero la práctica es limitada, lo que resalta la importancia de no solo crear la institución sino dotarla de respaldo político y social.
Los Consejos Económicos y Sociales (CES) representan una oportunidad única para institucionalizar el diálogo social y contribuir de forma efectiva a la formulación de políticas públicas. Modelos como el francés, el neerlandés o el surcoreano demuestran que, con voluntad política, estructura tripartita real y autonomía funcional, estos órganos pueden desempeñar un papel significativo en la vida democrática de un país.
Sin embargo, también queda claro que no basta con su creación formal: su éxito depende de su capacidad de incidencia, del compromiso de los actores sociales y del respaldo político que reciban. Experiencias como el CNEL italiano o el CDES brasileño muestran los riesgos de la irrelevancia o del uso meramente simbólico cuando no se acompaña de una práctica participativa efectiva.
En México, si se desea construir un CES que vaya más allá del adorno institucional, se requieren condiciones mínimas: pluralidad genuina, autonomía operativa, consulta obligatoria en reformas estructurales y una verdadera disposición gubernamental a incorporar las recomendaciones en la toma de decisiones. De lo contrario, el consejo será otro cascarón institucional en un país ya saturado de organismos sin dientes.
Como señala María del Pilar Ortiz, activista y consejera ciudadana en procesos locales de concertación:
“No se trata de dar voz a todos solo para que hablen, sino de que sus voces realmente influyan. De eso va la democracia participativa”.
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