Iniciativa de Rubén Moreira

¿Qué pasó en Coahuila? Victoria de la vida pero no total

El pasado 19 de septiembre, el saliente gobernador de Coahuila, Rubén Moreira, envió al Congreso local la propuesta de Reforma Integral del Código Penal local, y en dicha iniciativa proponía respecto del delito del aborto, que este fuese legal hasta las 12 semanas de gestación y asimismo incluía una definición de embarazo, cuyo inicio sería la implantación del embrión en el endometrio y no en la fecundación del óvulo.



Pero además, para el caso de que el embarazo se hubiera dado a causa de una violación, o de una inseminación o implantación indebidas no se contemplaba plazo máximo para realizar el aborto sin sanción, por lo que podría realizarse en cualquier momento del embarazo, incluso en el noveno mes.

Por supuesto que la propuesta del gobernador levantó ámpula entre la sociedad coahuilense, aún cuando no era generalizado el conocimiento del alcance exacto de la propuesta, ya que se manejaban diversas versiones como su despenalización total, obviamente su licitud hasta la semana 12 entre otros, la realidad es que se liberaba su práctica hasta la semana 12 en general y de manera ilimitada en el caso de violación, inseminación e implantación irregular.

Por supuesto, se dieron negociaciones entre todas las fracciones parlamentarias representadas en el Congreso local, y se consensó no despenalizar el aborto, que se mantendría como delito, y no se castigarían ciertas causales que ya se estipulaban en el código vigente, pero esto no significó que se mantuvieran con la misma redacción.

Los cambios se dieron diferentes partes del articulado respectivo, en especial con relación a la causal de violación, ya que mientras el código en vigor, indicaba un plazo de 90 días, se cambió por el término de las 12 semanas y se ordena al profesional de la salud practicar el aborto y a su vez dar vista al Ministerio Público, pero sin necesidad de la aprobación de este y la forma de actuar en estos casos se remite a “las normas oficiales mexicanas”, por lo que se observa que se dirige a la NOM-046-SSA2-2005, Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención, la cual sufrió adecuaciones en el año 2016 con las cuales ante un embarazo ocasionado a raíz de una violación se prioriza el aborto, y abre un abanico de posibilidades que vuelve porosa la protección a la víctima.

Por lo que se observa, integrar en el Código preceptos de la citada Norma Oficial Mexicana y remitir a este tipo de normas, bien pudo ser la moneda de negociación para dar marcha atrás a la despenalización del aborto hasta las 12 semanas sin la menor restricción y en el caso del aborto bajo la causal de violación sin ningún limite temporal. 

Es negativo que se recurra por ley a las normas oficiales mexicanas, que incluyen a la muy deficiente NOM-046, que asegura que se practique el aborto, a quien bajo protesta de decir verdad afirme que la gravidez es a causa de una violación, y sin obligación del personal de salud de comprobar el dicho de la paciente, en lugar de asegurar una correcta investigación.

No obstante, los integrantes de la Comisión legislativa quisieron dejar en claro que se debe dar vista al Ministerio Público en estos casos, no obstante ya se habría practicado el aborto.

Cabe mencionar que algunos de los problemas que acarrea esta norma oficial es que niñas menores de 12 años pueden acceder al aborto, en caso de violación, si lo solicita a través del padre, madre o tutor, por lo que no se excluye que sea el mismo agresor el que pida el aborto para la menor, las mayores de 12, pueden solicitarlo sin necesidad de la autorización o al menos conocimiento de los padres y esto sin la intervención del MP. Además con el aborto del nonato se elimina la evidencia más importante contra el agresor, ya que el pequeñito cuenta con el código genético de este, y de hecho la NOM, no especifica qué hacer con el cadáver del concebido.

Para más información respecto de esta norma ver.

Por otro lado, el dictamen elimina las causas en las que la pena existía pero era mínima y que se contemplan en el Código Penal vigente.

Bajo estas condiciones los líderes de todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso local, ofrecieron una conferencia de prensa el jueves 26 de octubre, en la que aseguraron que Coahuila está a favor de la vida y que las causales seguirían siendo las mismas, pero no se profundizó demasiado en los bemoles.

Por supuesto, que existen otras diferencias entre la propuesta y el dictamen sin embargo estas son las de mayor relevancia.

 

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