Una Corte independiente, ¿y ahora qué?

La elección de la Ministra Norma Lucía Piña como Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido interpretada, y así se presume que fue, como un acto de independencia del máximo órgano judicial de la Federación. Con ello, a su vez, se espera que su futura actuación sea de plena autonomía en la interpretación de la Constitución. Esto es sumamente importante cuando están pendientes numerosas controversias sobre la constitucionalidad de algunas leyes aprobadas recientemente por el Congreso de la Unión.

Desde el punto de vista político lo ocurrido con la elección es un hecho muy importante, pues existía el temor de que llegara a la Presidencia de la Corte un ministro incondicional, o casi, del Presidente de la República, a quien molesta que le digan que “la Ley es la Ley”, y tiene sus propias opiniones y acciones por encima del orden jurídico. Al mismo tiempo, el proceso se vio envuelto en la duda sobre la honorabilidad de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, al darse a conocer el supuesto plagio de su tesis profesional con la de otro egresado de la UNAM, con un alto nivel de coincidencias, según reconoció la Máxima Casa de Estudios.

Los dimes y diretes en torno al señalamiento de plagio, han puesto en duda la pertinencia de que la ministra Esquivel permanezca en su cargo, pues el mismo reclama de manera simultánea, competencia técnica y honorabilidad. La sola duda tiende una nube que oscurece su imagen, como ocurrió con el ministro Eduardo Medina Mora, quien ante el señalamiento público de posible corrupción –sin que se llegara a probar-, renunció. Pero la ministra Esquivel no sólo se mantuvo en su puesto, sino que persistió en su candidatura a la Presidencia, donde claramente fue descartada por sus compañeros.

Ahora bien, lo que sigue de inmediato es la visión de la Corte en materia de derecho, o como decía el Ministro Zaldívar, los “nuevos derechos”, que a partir de la reforma constitucional que introdujo el reconocimiento de los derechos humanos como base de la interpretación jurídica, ha representado un giro copernicano, no sólo respecto del sistema jurídico mexicano, sino de la forma en que se vienen “creando” nuevos derechos humanos que, en el fondo, contradicen los derechos humanos tal y como fueron concebidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Con el pretexto de la progresividad, se habla derechos humanos de cuarta generación que, desde mi punto de vista, llevan a los extremos lo peor del liberalismo y del marxismo, a partir de la negación de la existencia de una naturaleza humana que precede a cualquier interpretación jurídica y que es la base misma de los derechos humanos. Sin embargo, una falsa visión antropológica que predomina en nuestro tiempo ha llevado a aberraciones jurídicas como legitimar el aborto, la deformación del concepto de matrimonio bajo el concepto de “paritario” e, incluso, la resbalosa idea del “libre desarrollo de la personalidad”, bajo cuyo concepto cualquiera podría justificar sus acciones, por dañinas que sean para la persona, como ocurre en las intervenciones de transgénero que violentan la genética de los individuos.

La introducción de estos nuevos criterios provenientes del feminismo radical y el lobbin homosexual a nivel internacional han roto con la tradición jurídica al grado de que está reconocido que ya no se basarán las nuevas sentencias en las precedentes que no asumen esos criterios.

Esta situación ha resultado inesperada para quienes trabajamos a favor de que el artículo 1º. de la Constitución ya no se interpretara como otorgador de derechos, como se hizo a partir de la Constitución de 1917, abandonando lo señalado en la de 1857, que reconocía los derechos de las personas. Y a pesar de que la reforma, con ciertos limitantes, constituía un avance, en realidad se ha convertido en un retroceso al otorgarse nuevos derechos por otra vía.

El problema no es único en México, sino como he señalado, es internacional. Los organismos internacionales de derechos humanos han sido cooptados por juristas con mentalidades permisivas que dizque en respeto de la dignidad humana, permiten acciones que se apartan de dicha dignidad.

En el fondo, el problema es de filosofía del derecho. Si la corriente kantiana predominante en nuestro medio era ya un problema y el positivismo se imponía respecto de lo legalmente válido, independientemente de lo justo jurídico, ahora predomina el subjetivismo y el relativismo, con ello se ha perdido la certeza jurídica, pues todo será posible a la luz de “libre desarrollo de la personalidad”.

Por lo pronto, a menos que renuncie o destituyan a la ministra Yasmín Esquivel, la composición de la Corte será la misma. Habrá que ver si la nueva Presidente influye en nuevos criterios de interpretación jurídica y en qué sentido.

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* Las opiniones expresadas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor y no constituyen de manera alguna la posición oficial de yoinfluyo.com

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