INE ordenó al presidente abstenerse de difundir propaganda electoral en mañaneras

En más del 80 por ciento de las conferencias analizadas, se advirtió que López Obrador no ajustó su conducta a los límites y parámetros previstos en los artículos 41 y 134 de la Constitución.



El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente de la República que se abstenga de difundir propaganda gubernamental y expresiones de contenido electoral en sus conferencias matutinas hasta que se celebre la Jornada Electoral del próximo 6 de junio.

Al resolver las dos quejas del PAN contra Andrés Manuel López Obrador al considerar que de las 36 conferencias de prensa realizadas, del 5 de abril al 8 de mayo, así como los días 20 y 26 de mayo, al menos 29 de ellas y durante un total de 469 minutos, el presidente de la República hizo manifestaciones que podrían catalogarse como propaganda gubernamental o información que pudieran influir en las preferencias electorales.

En más del 80 por ciento de las conferencias analizadas, se advirtió que López Obrador no ajustó su conducta a los límites y parámetros previstos en los artículos 41 y 134 de la Constitución, así como los criterios que expresamente estableció la Sala Superior del Tribunal Electoral tocante a este tipo de actos.

De las conferencias matutinas analizadas, indicaron que se observa un patrón de conducta reiterada y sistemática que puede afectar de modo grave la equidad de la contienda, pues en la mayoría de ellas se abordaron temas electorales.

También denunció el incumplimiento a la pauta de promocionales ordenada por el INE toda vez que no fue difundida por los canales del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, Canal 11, Canal 14 y Canal 22 durante la transmisión de las conferencias matutinas.

A partir de dichos antecedentes, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al presidente que durante lo que resta de las campañas electorales y hasta el día de la jornada, se abstenga de difundir logros de gobierno, incluyendo programas sociales, obra pública y cualquier tipo de manifestación que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía.

Por otra parte, la Comisión estimó improcedente exigir al Ejecutivo Federal que se suspenda la difusión de las conferencias de prensa matutinas, ya que dicho ejercicio, por sí mismo, no contravienen norma o disposición jurídica alguna, declarando también improcedente ordenar que dichas conferencia se dejen de difundir a través de los sitios de internet oficiales.

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