Buscan robustecer instrumento jurídico contra trata de personas

La senadora Angélica de la Peña Gómez (PRD) propuso una iniciativa con proyecto de decreto para expedir la Ley General en Materia de Trata de Personas y de reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, a fin de establecer los tipos penales, las sanciones y sus agravantes, con el objeto de proteger el libre desarrollo de la personalidad de las víctimas.


Buscan mejorar la ley


Al presentar la iniciativa ante el pleno del Senado –que fue turnado a las comisiones unidas de Justicia, Estudios Legislativos, contra la Trata de Personas y de Derechos Humanos– De la Peña dijo que la propuesta de ley pretende robustecer el instrumento jurídico para combatir de manera más amplia este delito y proteger los derechos humanos de las víctimas, además de plantear que se establezcan competencias y formas de coordinación para la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas entre la federación, las entidades federativas y los municipios.

Con estas reformas se pretende establecer que a quien sea responsable del delito de trata de personas se le pueda imponer de 5 a 15 años de prisión y de mil a 20 mil días multa; a quien tenga o mantenga a una persona en una situación de esclavitud, será sancionada con pena de 15 a 30 años prisión y de mil a 20 mil días multa.

La persona física o jurídica que explote, o se beneficie de cualquier forma de la explotación de una persona, a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual, el turismo sexual o cualquier otra actividad sexual remunerada, será sancionada con pena de 15 a 30 años de prisión y de mil a 30 mil días multa.

Además, se plantea que será sancionada con pena de 10 a 15 años de prisión y de mil a 30 mil días multa, la persona física o jurídica que someta a una persona, o se beneficie de someter a una persona, para que realice un acto pornográfico, o produzca o se beneficie de la producción de material pornográfico, o engañe o participe en engañar a una persona para prestar un servicio sexual o realizar un acto pornográfico.

Asimismo, indica que se impondrá pena de 15 a 30 años de prisión y de 2 mil a 60 mil días multa, a quien promueva, obligue, publicite, gestione, facilite o induzca a una persona menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o no tenga capacidad de resistir la conducta, a realizar un acto sexual o de exhibicionismo corporal, con fines sexuales, reales o simulados y que hagan uso de las tecnologías.

El proyecto de decreto señala que será sancionada con pena de 10 a 20 años de prisión y de mil a 20 mil días multa la persona, física o jurídica, que utilice a una persona menor de 18 años de edad, en cualquier actividad delictiva.

Además, se integra una Comisión lntersecretarial que será encabezada por el Secretario de Gobernación, la cual tendrá por objeto facilitar la coordinación en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones entre las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal respecto a la trata de personas.

 

 

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