No aprueban reforma al artículo 19 constitucional

La reforma planteada podría ser un retroceso a la reforma que implantó el sistema penal acusatorio.


Delitos


No se logró el consenso en este periodo extraordinario de sesiones de la Cámara de Diputados que ya ha terminado, para ampliar el catálogo de delitos que implicarían la prisión preventiva, es decir aquellos en los que el imputado tendría que llevar su juicio encarcelado.

La propuesta busca reformar el artículo 19 constitucional por lo que ningún congreso local podría legislar en su código penal ni tampoco a nivel federal una disposición contraria, esos delitos sería de prisión preventiva oficiosa.

La Cámara de Senadores aprobó una minuta en la que se contemplaban 9 delitos con esta característica de prisión preventiva oficiosa entre ellos, abuso o violencia sexual contra menores, feminicidios, desaparición forzada, delitos en materia de armas de fuego y explosivos, robo a casa habitación y robo con violencia.

Leer: Artículo 19

Al ser analizada dicha minuta por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados eliminaron los antes citados y sólo mantuvieron 3, corrupción, robo de hidrocarburos y delitos electorales.

Con la aprobación de estos cambios en la Cámara de Diputados por parte de la comisión respectiva, el siguiente paso en la ruta legislativa correspondería a que se discutiera en el pleno de San Lázaro y si en su caso también se aprobara, se regresaría a los senadores en virtud de que los diputados realizaron cambios a la minuta que recibieron.

No obstante a pesar de que estaba agendado discutir el tema en el pleno de la Cámara de Diputados se dio por concluido el periodo extraordinario de sesiones sin tratar lo relativo a la reforma constitucional.

“El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la Nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud”. Estos son los delitos que prevé actualmente la Constitución con prisión oficiosa, en su artículo 19 párrafo segundo.

Justicia sin pretextos

Por su parte diferentes asociaciones civiles integradas en el colectivo #JusticiaSinPretextos pugnan para que no haya un retroceso en la reforma del año 2008, que implantó el sistema penal acusatorio. Han señalado que este sistema “aspira a que, por encima de todo, se respeten los derechos humanos de todas las personas que pasan por un proceso penal: víctimas, imputadas, familiares y testigos”.

Por lo tanto, se han manifestado en contra de “reincorporar viejas prácticas que solapan la ineficiencia de las autoridades frente a un sistema con mayores estándares de investigación, protección y rendición de cuentas”. Por lo tanto no están de acuerdo con ampliar la prisión preventiva oficiosa a la que llaman “prisión automática”.

De esta manera manifestaron su inquietud por el hecho de que se amplié el número de delitos en cuyo proceso pena no se admita fianza porque socava la presunción de inocencia.

De hecho Mariana Niembro integrante del citado colectivo publicó en su cuenta de Twitter:

Cabe señalar que eliminar los delitos abuso o violencia sexual contra menores, feminicidios, desaparición forzada, delitos en materia de armas de fuego y explosivos, robo a casa habitación y robo con violencia de la minuta aprobada por los senadores para la reforma constitucional no significa que no se les considere delitos que merezcan pena privativa de la libertad o incluso que no admitan fianza, ya que los congresos locales o el Congreso de la Unión dentro de sus competencias pueden determinarlos así en sus respectivos códigos penales y el Código de procedimientos penales.

Con información de Milenio, Milenio TV, Animal Político, IMCO, Twitter.

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