Arturo Zaldívar es elegido nuevo presidente de la SCJN

Con siete votos a favor, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea fue elegido como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, cargo que ostentará hasta el 2022.


Presidirá Arturo Zaldívar


Con siete votos a favor, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea fue elegido como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, cargo que ostentará hasta el 2022.

Los cuatro votos restantes fueron para Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Ortiz, con dos votos respectivamente. Por su parte, el ministro Alberto Pérez Dayán declinó contender.

En su discurso de toma de protesta el ministro Zaldívar llamó a la unidad de la Corte en favor de la independencia judicial y de la implementación de nuevas políticas públicas que den respuesta a las nuevas exigencias sociales.

“El presidente de la Corte no es la cabeza del Poder Judicial de la Federación, no es el titular del Poder Judicial de la Federación, la cabeza del Poder Judicial de la Federación es este Tribunal Pleno y el presidente de la Corte es sólo su representante”, externó.

De igual forma, enfatizó que fomentará un diálogo permanente con los otros poderes de la Unión, “Independencia no es aislamiento, independencia no es intolerancia, independencia no es romper con el diálogo, dialogaremos siempre partiendo de la defensa de la independencia”.

Reconoció que actualmente se viven momentos complicados, sin embargo, insistió en que la transición democrática no podría entenderse sin el papel de la Corte y su desempeño a través de sus sentencias y resoluciones.

¿Quién es Arturo Zaldívar?

Nació en Querétaro, Querétaro el 9 de agosto de 1959. Es abogado por la Escuela Libre de Derecho (ELD) y doctor en Derecho por la UNAM.

Ejerció la profesión de manera particular así como una intensa vida académica. Ha sido profesor de Derecho Constitucional de la ELD, la Universidad Panamericana y la UNAM. Es profesor de jurisprudencia constitucional en la Universidad Iberoamericana ubicada en Santa Fe. Se desempeñó como coordinador de asesores del procurador general de Justicia del Distrito Federal, hacia el año 1995.

Formó parte de la Comisión redactora de la Nueva Ley de Amparo y ha tomado parte en múltiples organizaciones civiles.

El ministro Zaldívar fue el autor del proyecto de resolución que recayó en la liberación de la francesa Florance Cassez, en virtud de las violaciones al proceso y en diferentes asuntos ha otorgado su voto a favor del matrimonio igualitario, es decir la unión entre personas del mismo sexo, también participó en el fallo respecto de la Guardería ABC, que decidió la responsabilidad de exdirectores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Por otro lado, el primer punto de su proyecto en caso de resultas presidente de la SCJN, se denomina Una Renovación desde la Independencia, en que afirma que “el principio básico de la división de poderes, referido a la división del poder, entre las ramas ejecutiva, legislativa y judicial como forma de limitar su ejercicio, es una condición esencial para la existencia de un Estado constitucional y democrático de derecho”.

Y agregó que “la independencia judicial comprende dos facetas: una referida a la institución y otra a la forma en que cada juez emite sus decisiones. La dimensión institucional garantiza una esfera de operación independiente de las otras ramas de gobierno, una autonomía organizacional que le permita al poder judicial cumplir con sus funciones de contrapeso. La dimensión individual es aquella por la cual cada juzgador debe emitir sus decisiones con base en los hechos y el derecho aplicable, sin presiones ni interferencias externas de ningún tipo”.

Es ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México desde el 1 de diciembre de 2009, a propuesta del entonces presidente de la República Felipe Calderón.

Leer: Conoce a los candidatos a presidir la SCJN

¿Cuáles son las funciones del Presidente de la SCJN?

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, son atribuciones del presidente de la Suprema Corte de Justicia:

Representar a la Suprema Corte de Justicia y llevar su administración.

Tramitar los asuntos de la competencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, y turnar los expedientes entre sus integrantes para que formulen los correspondientes proyectos de resolución.

En caso de que el presidente estime dudoso o trascendente algún trámite, designará a un ministro ponente para que someta un proyecto de resolución a la consideración de la Suprema Corte de Justicia, a fin de que esta última determine el trámite que deba corresponder;

Autorizar las listas de los asuntos, dirigir los debates y conservar el orden en las sesiones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia.

Firmar las resoluciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, con el ponente y con el secretario general de acuerdos que dará fe. Cuando se apruebe una resolución distinta a la del proyecto o cuando aquélla conlleve modificaciones sustanciales a éste, el texto engrosado se distribuirá entre los ministros, y si éstos no formulan objeciones en el plazo de cinco días hábiles, se firmará la resolución por las personas señaladas en esta fracción;

Despachar la correspondencia de la Suprema Corte de Justicia, salvo la que es propia de los presidentes de las Salas.

Dictar las medidas necesarias para el buen servicio y disciplina en las oficinas de la Suprema Corte de Justicia.

Recibir, tramitar y, en su caso resolver, las quejas administrativas que se presenten con motivo de las faltas que ocurran en el despacho de los negocios de la competencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, de alguna de las Salas o de los órganos administrativos de la Suprema Corte de Justicia, en términos del Título Octavo de esta ley.

Legalizar, por sí o por conducto del secretario general de acuerdos, la firma de los servidores públicos de la Suprema Corte de Justicia en los casos en que la ley exija este requisito.

Conceder licencias a los servidores de la Suprema Corte de Justicia en los términos previstos en esta ley.

Proponer oportunamente los nombramientos de aquellos servidores públicos que deba hacer el Pleno de la Suprema Corte de Justicia.

Nombrar a los servidores públicos encargados de la administración de la Suprema Corte de Justicia, y acordar lo relativo a sus licencias, remociones, renuncias y vacaciones.

Expedir el reglamento interior y los acuerdos generales que en materia de administración requiera la Suprema Corte de Justicia.

Formular anualmente el anteproyecto del presupuesto de egresos de la Suprema Corte de Justicia, y someterlo a la aprobación de esta última funcionando en Pleno.

Remitir oportunamente al Presidente de la República los proyectos de presupuestos de egresos del Poder Judicial de la Federación, a fin de que se proceda en términos del último párrafo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como administrar el presupuesto de la Suprema Corte de Justicia.

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