Otro ataque a la familia

Al legalizar el matrimonio de personas del mismo sexo y la adopción de niños por estas parejas estamos intencionalmente quitándoles a estos niños su derecho fundamental a un padre y una madre.



Hoy, la sociedad experimenta un conjunto de problemas y disfunciones de las instituciones consideradas insustituiblemente valiosas como el matrimonio, la paternidad, la maternidad y descendencia y las relacionadas con estas. En este contexto se da la contradicción de que en vez de legislar para reducir estas disfunciones, el cuerpo jurídico los eleva a rango de ‘modelo deseable’, de forma que aquello que solo debería ser considerado la consecuencia legal del ejercicio de la libertad personal, pero que no es positivo desde la perspectiva social, es convertido en norma sancionada por la ley. Debería por tanto existir por parte de los poderes públicos y mediáticos un criterio moral sobre qué es deseable o no para la colectividad y la mera existencia de un fenómeno social no presupone su aceptación como valioso. Esta manera de juzgar la realidad no se aplica en la concepción que guía el matrimonio, la paternidad, la familia y por extensión, el parentesco que tienden a ser menos valorados pese a su valor para la sociedad, para el crecimiento económico y para el estado de bienestar.

Hay una verdad natural elemental: la institución fundamental de la sociedad es el matrimonio entre un hombre y una mujer. Históricamente, el matrimonio se justifica y explica por su capacidad de dar paso a las instituciones de la paternidad, maternidad, filiación y fraternidad. El matrimonio es jurídicamente un contrato y como tal, con derechos y deberes recíprocos que tienen la finalidad social de fijar las relaciones estables entre un hombre y una mujer con vistas a la procreación. Sobre esta estructura primaria del matrimonio y la familia se ordenan las otras instituciones sociales valiosas e insustituibles como la escuela, las confesiones religiosas, la comunidad de trabajo llamada empresa, la comunidad de vida: barrio, pueblo, ciudad, comunidad nacional. Todas ellas son previas al Estado e independientes de él. Este no puede tener la pretensión de actuar sobre la naturaleza de las instituciones de primero y segundo orden y transformarlas porque su origen y desarrollo no está en las leyes parlamentarias sino en la historia, en la tradición, en el derecho natural y en el derecho consuetudinario.

En el debilitamiento del vínculo conyugal, algunos factores fundamentales entran en quiebra: la capacidad de decidir a largo plazo y la confianza en cuanto a que son atributo básico de una sociedad para que pueda producir y disponer de capital social. En esto, se apunta la relación entre el declive del parentesco y la pérdida de capital social y su ulterior efecto sobre la producción en razón de las pautas de confianza, participación y responsabilidad en que educa la familia y que son necesarias para un buen funcionamiento de las empresas y de la economía de mercado. La educación que se recibe en el marco familiar es vivencial y experimental. Esta es la razón por la que la familia no puede ser suplantada a largo plazo por instituciones de acogimiento del niño abandonado u otras modalidades hoy planteadas como la unión legal de dos personas del mismo sexo en homomonio y la pretendida adopción de un ser en crecimiento, tampoco puede ser suplantada por la institución escolar, especialmente por las escuelas sin ideario ya que el sistema escolar no puede sustituir la pérdida de capital social que se produce por las disfunciones de las instituciones del matrimonio, la paternidad y la maternidad.

Una de las disfunciones que privan en la actualidad es desde la ‘ideología de la desvinculación’ hasta la ‘perspectiva de género’, pasando por la ideología de género o feminismo de género, ideología que imita a la teoría del marxismo. Sostiene que la mujer está presa en un sistema patriarcal opresivo y que ha de identificar sus intereses como mujer antes que sus deberes personales hacia la familia, esto es, hacia el vínculo. En realidad, su tesis última es simple: el sexo implica desigualdad. El trasfondo común no es el de la aceptación social de otras formas de relación sexual, sino el considerar intrínsecamente negativa la heterosexualidad con roles ajustados al sexo y hacerla sinónima de dominación machista.

Su finalidad es la eliminación de la familia biológica para de este modo, suprimir la represión social. No hay duda de que la familia, la que denominan “tradicional” en el sentido de “biológica” y “patriarcal” es vista en términos perjudiciales, fuente de represión y causa de la violencia, especialmente contra la mujer. Este concepto no sólo persigue modificar radicalmente el matrimonio, convirtiéndolo en una experiencia más, sino también la paternidad, la maternidad y el parentesco.

Hemos de dejar claro que el matrimonio entre un hombre y una mujer no existe sólo para que el gobierno pueda sancionar y validar relaciones románticas. El matrimonio civil existe porque la sociedad necesita familias cuyos hijos sean criados en el óptimo entorno posible. Un matrimonio natural y estable es la única relación que tiene el potencial biológico de crianza de niños y así proveerles del mejor ambiente para su desarrollo. Este es un imperativo tanto social como gubernamental.

El matrimonio no es un asunto sólo de amor, derechos o preferencia sexual. No todas las relaciones amorosas son iguales ni nunca lo han sido. El matrimonio tampoco se trata de derechos de adultos o de beneficios para adultos. El matrimonio de un hombre con una mujer es esencialmente el principio de la formación familiar y para la crianza y desarrollo de los hijos (de nacimiento o adoptados). No puede haber un mandato que ratifique un derecho para algunos individuos y que esté en conflicto directo con el igual derecho de los niños de tener un padre y una madre. Las uniones del mismo sexo no constituyen solamente un pequeño cambio al matrimonio, sino que representan una radical redefinición a la única institución conocida como la mejor para los niños.

La investigación en ciencias sociales ha probado concluyentemente que una familia fuerte basada en el matrimonio de un hombre con una mujer es el mejor medio ambiente para la protección y el entorno de los individuos en desarrollo; esta estructura familiar provee de mejores resultados que cualquier otra alternativa.

Existen beneficios sociales específicos llamados “bienes sociales” que emanan del matrimonio de un hombre con una mujer. Estos bienes sociales son derivados de la unión complementaria física, emocional y espiritual entre un hombre y una mujer.

La institución matrimonial hombre / mujer:

• Canaliza las relaciones sexuales de tal manera que provee el mayor beneficio a los individuos y a la sociedad.
• Ayuda a los hombres a vivir más responsable y productivamente
• Transforma a los hombres en esposos / padres y a las mujeres en esposas / madres.
• Vincula a los padres potenciales para criar juntos a sus propios hijos biológicos.
• Provee el ambiente óptimo para la crianza de los hijos.
• Genera los mejores resultados en áreas de salud, fuente de riqueza y felicidad global para hombres, mujeres y niños.

Resultados de investigaciones muestran e ilustran que los “bienes sociales” derivados del matrimonio de hombre con mujer comienzan a desaparecer cuando los individuos viven fuera de la estructura familiar del hombre / mujer casados, también muestran que cualquier desviación del casamiento hombre / mujer, generalmente resulta en serios resultados negativos para los individuos y las familias. La evidencia que apoya esto es sorprendentemente consistente y convincente.

Justo porque algunos niños se encuentran en situaciones familiares menos que ideales, no pretenderemos que una estructura familiar sea tan buena como otra. Ni tampoco debemos pretender que esas situaciones alternativas no tienen consecuencias y que no hay diferencias en resultados similares para niños que viven fuera de la familia tradicional.

Redefinir el matrimonio para incluir uniones del mismo sexo no sólo devalúa el matrimonio, sino que rebaja los derechos de los niños. Los niños tienen el derecho fundamental a una madre y un padre, a nacer con el vínculo del matrimonio de los padres, quienes a su vez honran su promesa marital con absoluta fidelidad. Cada vez que a un niño se le priva de estos derechos, hay consecuencias sociales negativas. Al menoscabar a un niño, se merma a cada persona en la comunidad. ¿Quién dio a los niños el derecho a un padre y una madre? Por supuesto que la Naturaleza misma. Una unión “unisex” no engendra hijos, aún por inseminación artificial, subrogación alternativa o cualquier otro método allí hay un esperma masculino (padre) y un ovario femenino (madre). La adopción homosexual requiere que por lo menos un padre biológico legalmente ceda su vínculo natural y se declare al niño sin-madre y/o sin-padre.

Al legalizar el matrimonio de personas del mismo sexo y la adopción de niños por estas parejas estamos intencionalmente quitándoles a estos niños su derecho fundamental a un padre y una madre. No tener padre o no tener madre tiene serias consecuencias. Lo sabemos por los 40 años experimentales que llevamos agrediendo y desmantelando a la institución del matrimonio que ha traído como consecuencia una ‘epidemia’ de relaciones sexuales y niños nacidos fuera del matrimonio, divorcios en aumento, familias alternativas y deterioro de la red social.

Si examináramos las estadísticas de lo anterior que muestran el impacto negativo en los niños, llegaremos a una conclusión: los gobiernos no van a poder dotar de suficientes programas y políticas gubernamentales para compensar la falta de madres y la falta de padres. Perdurar y afirmar el matrimonio entre un varón y una mujer crea el mejor ambiente para el desarrollo social, físico, mental, emocional y económico de hombres, mujeres y niños. Cualquier desviación del modelo ideal del matrimonio monógamo perdurable entre un hombre y una mujer trae consecuencias negativas para hombres, mujeres y especialmente para los niños. El papel del gobierno y la sociedad debería ser el de afirmar y fortalecer el matrimonio tradicional y no diluirlo con conceptos de ‘derechos’ homosexuales.

Creo que vale la pena recordar la propuesta de “Acción de Inconstitucionalidad Promovida por el Procurador General de la República en Contra de las Reformas que Permiten el Matrimonio entre Personas del Mismo Sexo y que estos Adopten” (2010), en resumen ésta declara lo siguiente con respecto a los menores:

“La Asamblea Legislativa pretendió partir del hecho de que antes de la reforma, las personas y parejas del mismo sexo estaban desprotegidas por la ley. Sin embargo, la verdad es que no lo estaban. Existía y sigue existiendo la sociedad de convivencia que les da derecho y las protege en la fundación de un hogar común, permanente y con ayuda mutua, así como en materia de alimentos, de herencia, de tutela legítima y de arrendamiento.

Además la reforma viola el principio constitucional de protección a la organización y desarrollo de la familia. ¿Por qué? Porque el matrimonio es una manera de fundar una familia como las que previó el Órgano encargado de reformar la Constitución –integradas por padre, madre e hijos—

Eso no significa que no existan otros tipos de familia ni que esas familias no estén constitucionalmente protegidas. Pero para fundar esas familias deben existir –como ya existen—figuras específicas distintas al matrimonio.

Igualmente la reforma viola la Constitución porque permite que matrimonios de personas del mismo sexo puedan adoptar niños y niñas.

La Constitución obliga a todas las autoridades (incluyendo la Asamblea Legislativa) a que sus actos protejan especialmente a los menores de edad en nuestro país. Esa obligación no fue cumplida: la Asamblea no realizó estudios para descartar que las niñas y niños adoptados por matrimonios del mismo sexo puedan sufrir daños psicológicos o sociales, sino que sólo se ocupó de dar una aparente protección legal a las parejas de personas del mismo sexo, permitiéndoles celebrar matrimonios, lo cual –dicen—fue una ampliación de derechos, pero para ello al menos debieron ampliar también los derechos de los menores.

Eso está plenamente demostrado en el hecho de que, durante el proceso para aprobar la reforma, no discutieron nada al respecto del bienestar de niños y niñas, sino que sólo debatieron sobre si las parejas de personas del mismo sexo habían sido discriminadas….
Por si todo eso no fuera poco, la reforma ocasiona que se desestabilicen las leyes civiles, familiares y demás del país, tanto de la Federación como de los Estados.”

Esto ha traído como consecuencia que esta tendencia se extienda y la agenda homosexual es impuesta cada vez más en los países del mundo. Aquéllos que se oponen al comportamiento homosexual y transgénero por motivos morales y religiosos confrontan un reto cada día en aumento, a su libertad religiosa.

 

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* Las opiniones expresadas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor y no constituyen de manera alguna la posición oficial de yoinfluyo.com

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