¿El aborto es un derecho humano? Parte 1

¿Consolidar el aborto como un derecho humano? ¿Qué fundamentos se tiene para hacer esto?


Pro-abortistas


El proabortista pretende derivar el derecho al aborto según la siguiente relación: derechos reproductivos de la mujer, más el derecho a la salud, más derecho a una maternidad libre; igual al aborto como un derecho humano.

De acuerdo con diversos tratados internacionales, los derechos reproductivos, el derecho a la salud y el derecho a la maternidad, son estos derechos humanos que las diversas legislaciones de los distintos países deben reconocer. Con base en lo anterior el proabortista deriva que el derecho al aborto es un derecho humano propio de la mujer y en consecuencia debe ser reconocido por las legislaciones de los diversos Estados. Y de no hacerlo, tal Estado fomenta discriminación de la mujer.

Es importante hacer una descripción sobre el espíritu que anima a esos derechos, más allá de sus formulaciones en un tratado o en una determinada legislación.

Derechos reproductivos de la mujer. Básicamente consistiría en el derecho que tiene una mujer de planear responsablemente el número de hijos que desea tener y la libertad de elegir las condiciones adecuadas para ser concebidos, lógicamente, embarazándose ella misma.

Derecho a la salud. Aplicado a la mujer gestante consiste en salvaguardar las condiciones que garanticen el bienestar no sólo de la mujer embarazada, sino del bienestar del producto de la concepción. Podría haber situaciones en las cuáles ciertas condiciones tal vez no perjudiquen a la mujer que está gestando, pero sí al producto de su concepción y en este caso la mujer podría reclamar ese derecho a la salud en razón de su embarazo.

Derecho a una maternidad libre. Este derecho apunta a que la mujer en gestación no debe ser sujeto de discriminación o maltrato por el hecho de estar embarazada. Este derecho busca garantizar las condiciones adecuadas para que la mujer en gestación lleva a cabo su embarazo sin que intervengan elementos que podrían poner en riesgo su maternidad.

Los tres derechos humanos ya descritos tendrían como sujeto a la mujer en gestación. El derecho al aborto estaría en la órbita de esos tres derechos a modo de derivación como un derecho humano de la mujer gestante.

La expresión mujer gestante remite a un concepto de tipo biológico, en este sentido la hembra que es un mamífero de cualquier especie también puede realizar una gestación en favor de la propagación de la especie. Continuando en esta perspectiva biológica, la actividad gestante de la mujer tiene como sujeto al producto de la concepción que pasa por las etapas de embrión y feto hasta el nacimiento.

En la línea de este plano biológico el término embarazo hace alusión a esta relación de la mujer gestante con su producto de la concepción, más todavía si se enfatiza que el embarazo comienza con la implantación o anidación uterina por parte del embrión, que en el caso de los Homo sapiens sapiens es entre los 5 y 7 días después de la concepción y concluye plenamente hacia los 14 días, ya que la implantación es todo un proceso biológico.

Es importante resaltar que en las expresiones mujer gestante o mujer embaraza se implica necesariamente una relación entre la mujer y el producto de su concepción. Prueba de lo anterior es el hecho de que el proabortista cuando habla del aborto, lo hace con la expresión de interrupción del embarazo (más bien debería ser terminación del embarazo), en donde se resalta que la acción abortiva hace a la mujer libre de un embarazo que no desea continuar y tal liberación debe consistir en desechar a su producto de la concepción en condiciones que no atenten en contra de la salud de la mujer. De ahí que el proabortista hable de aborto libre, seguro y gratuito.

Amable lector, si usted ha seguido hasta aquí la ilación de este escrito, podrá advertir que se ha usado una terminología biológica o, como al proabortista le gusta resaltar, es importante hablar de la mujer en gestación en términos científicos para plantear el tema del aborto de modo objetivo sin contaminación de prejuicios religiosos u opiniones subjetivas que reflejan un punto de vista particular que no debe imponerse a los demás.

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* Las opiniones expresadas en esta columna son de exclusiva responsabilidad del autor y no constituyen de manera alguna la posición oficial de yoinfluyo.com

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